/ jueves 26 de septiembre de 2024

Acceso a la salud como derecho prioritario

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía -Inegi, en el año 2021, 92.6 millones de personas -73% de la población- estaba afiliada a algún esquema de salud. Pero un dato reciente de una alta funcionaria del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social -Coneval1, en México 50.4 millones de personas carecen de acceso a servicios de salud, dejando a 39% de la población sin ejercer este derecho fundamental de la máxima importancia, solo por abajo del derecho a una alimentación suficiente.

Peor aún, según esta última fuente, en 2018, al inicio del sexenio presidencial que concluye, había 20.1 millones de personas sin acceso a servicios de salud, 16.2 por ciento de la población de aquel momento. En 6 años, hay 30.2 millones de personas más sin acceso a la salud. Esto expresa un fracaso de los gobiernos federal y estatales en esta materia. El gran aumento se atribuye a la cancelación del Seguro Popular por ineficiente, para reemplazarlo con el Instituto de Salud para el Bienestar -Insabi, que otorga servicios a personas sin seguridad social, pero al que solo se ha inscrito 0.2% de la población.

Según datos oficiales, IMSS ofrece servicios de salud y otros a 48 millones de trabajadoras/es, jubilados y familiares, Insabi a 33 millones, ISSSTE a 7 millones, Pemex, Defensa, Marina, instituciones estatales y municipales, a 1 millón, instituciones privadas a 1 millón, lo que suma 90 millones, 72% de la población actual. Los 37 millones restantes, generalmente los más pobres, se enferman y pueden curarse solos, o morirse en su casa o en la calle sin ninguna atención médica.

De cualquier manera, serán 34.1 millones en 2021 según Inegi, o 50.4 millones de personas en 2024 sin acceso a servicios de salud, Es demasiado, es INACEPTABLE. Rompe todo el cuadro de derechos humanos de México. Sin salud, no se ejercen otros derechos fundamentales, como el derecho a una vida digna, al trabajo remunerado, al descanso y esparcimiento y a otros si no es que a todos los demás derechos humanos.

Se entiende por servicios de salud los que brindan instituciones públicas federales, estatales, municipales y privadas o de beneficencia, que deben ser oportunos, suficientes y de calidad, enfatizando la calidad porque de ella carecen no pocos servicios públicos y privados, no por la formación profesional de sus médicos y técnicos, sin por la mala calidad profesional y humana y la poca oportunidad con que atienden a cada paciente. Aducir como justificación para la mala atención el exceso de pacientes, la falta de personal y las bajas remuneraciones, no es válido porque no debe guardar relación con la actitud personal en la atención.

La Constitución mexicana establece que toda la población tiene derecho a la protección de la salud, como también lo ordenan los tratados internacionales. Asimismo, la ley establece como obligación del Estado que toda persona pueda ejercer su derecho constitucional a la protección de la salud, esto es, el acceso a servicios de salud por encima de la condición económica y personal.

Después del combate a la pobreza y la desigualdad, alcanzar el derecho a la salud oportuna y de calidad de todas y todos los mexicanos es, o debe ser considerado por la población y por los gobiernos de los tres niveles, la segunda máxima prioridad nacional.

Coordinadora general de análisis de pobreza del CONEVAL, declaración en distintos medios, 23/09/2024.

Maestro en Ciencias Económicas, Consultor Privado en Economía y Recursos Naturales

purangachih@gmail.com