/ domingo 21 de julio de 2024

Desde la curul 120 | Presentamos ante la SCJN acciones de inconstitucionalidad contra reformas a las leyes de Amparo y de Amnistía

Ángeles Gutiérrez Valdez

Diputada federal

Distrito 09 Chihuahua


Luego de la aprobación y publicación de las reformas a las leyes de Amparo y de Amnistía, y de acuerdo con los requisitos de la Constitución Política de un tercio de las cámaras, las y los diputados federales del PAN, PRI y PRD presentamos acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para seguir fortaleciendo el régimen de libertades, equilibrios y controles al poder.

La reforma a la Ley de Amparo, aprobada por la mayoría oficialista, impide que las y los jueces puedan suspender los actos de las autoridades en varios supuestos, aún cuando dichos actos afecten el interés de la sociedad.

Esto implica que el amparo deja de ser una herramienta efectiva para defender y proteger los derechos de la ciudadanía.

Con esta restricción, el acceso a la justicia para los que menos tienen será más difícil. La ley modificada garantizaba que cualquier suspensión que afectara sus derechos era aplicable a cualquier persona. Sin embargo, con esta reforma deberán contratar abogados especialistas cuyos servicios suelen ser altos.

Además, con la reforma se impide que los jueces suspendan la aplicación de normas generales, como leyes, decretos y reglamentos, cuando éstos afecten los derechos humanos de la ciudadanía. La intención es clara, dar más poder al gobierno y quitarle a la ciudadanía los medios para protegerse frente al atropello de sus derechos.

El decreto reformatorio es contrario a los artículos 17 de la Constitución Política, que prevé el derecho a la tutela judicial efectiva, así como al 8 y al 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Estimado lectores esta reforma atenta contra los avances alcanzados en materia de protección de los derechos humanos por medio del amparo, que se habían conseguido con la reforma del año 2011 y con los criterios judiciales que limitaron el principio de relatividad de la sentencia del amparo. Con ello se restringe la utilización de todos los medios apropiados para salvaguardar la integridad de las personas”.

En cuanto a los cambios realizados a la Ley de Amnistía, la medida viola el derecho de acceso a la justicia y a la reparación de las víctimas, pues impediría que los tribunales emitan sentencias en favor de las víctimas del delito.

La amnistía genera la impunidad e impide de forma definitiva que las víctimas de graves violaciones a derechos humanos tengan derecho de acceder a la verdad, a la justicia y la reparación, por lo que es claramente violatorio de los derechos de las víctimas.

Nosotros el Grupo Parlamentario de Acción Nacional, exigimos que se respeten los derechos de las víctimas, que se esclarezcan los hechos, que se fortalezca el estado de derecho y que se combata eficazmente la impunidad en nuestro país mediante justicia efectiva, y no selectiva.

“La amnistía no es igual al indulto y está señalada claramente como una facultad exclusiva del Congreso de la Unión”.

“¡Ni hoy ni mañana la justicia puede ser selectiva, siempre encontraremos un camino para combatir las arbitrariedades!, es cuanto.