Buenos días…. A dos años ya del inicio de la administración del presidente López Obrador y su administración no ha dejado de buscar elementos para justificar la eliminación de la figura del outsourcing, argumentando que esta modalidad de empleo se ha utilizado en detrimento del trabajador y bajo un esquema de fraude fiscal. Aunque muchas empresas que ofrecen este servicio sí lo han mal utilizado, las bondades de la subcontratación son muchas.
Me refiero a lo que el mismo presidente en la mañanera del pasado martes 27 de octubre manifestó sobre una iniciativa de ley que presentará para desaparecer el outsourcing, argumentando que es una opción que ha ido en detrimento de los derechos del trabajador y que las empresas que se dedican a ofrecer este servicio lo han aprovechado para evadir impuestos y sus dirigentes se han enriquecido.
Fue tan amplio el comentario de AMLO sobre el tema, que incluso acusó a un número importante de estas empresas de ser también “factureras”, y hasta mencionó que una sola de éstas tiene en su nómina más de 200 mil empleados, sin darles aguinaldo a fin de año, pues los dan de baja del IMSS, y en enero del año siguiente los vuelven a dar de alta, con salarios irreales, inferiores a los que el trabajador percibe. Se fue duro el presidente.
Concluyó el líder del Ejecutivo que desde luego que su iniciativa “será polémica”, pues las reformas propuestas anteriormente en este tema y cuyo fin ha sido el apoyo a los trabajadores de esta modalidad no han dado los resultados suficientes y se ha abusado de la modalidad.
Definitivamente esto atentaría aún más contra la situación económica del país; el desempleo que se ha generado, tanto por las políticas públicas proteccionistas e inestables del gobierno, que han ahuyentado inversiones, y no se diga con la suma de la contingencia sanitaria obligada por el coronavirus, que ha provocado un 30% o más de cierre de negocios, y lo que le sigue.
La subcontratación (outsoursing) es una modalidad de auxilio para el empresario que no cuenta con una estructura suficiente para generar negocios, y aunque sí es en parte cierto que hay empresas que han mal utilizado esta situación (el outsourcing malo), también hay empresas que lo realizan de manera legal y cumplen con todas las obligaciones emanadas de las leyes tanto laborales, fiscales y de seguridad social.
Es importante mencionar que las empresas de subcontratación han sido para muchos una opción interesante para el desarrollo de negocios, ofreciéndoles servicios de calidad y generando un esquema laboral más flexible, pero con las mismas oportunidades de crecimiento para los trabajadores, es un servicio perfectamente legal, donde ciertas áreas de nuestra empresa las puede realizar personal especializado externo y que nos dará oportunidad de obtener mayor competitividad, resultados tangibles y ser más rentables.
Con la modificación de la Ley Federal del Trabajo a finales de 2012 se oficializó la legalidad del outsourcing en México, pues no lo comprendía la ley anterior, sin embargo, esta figura queda limitada por la propia ley, ya que textualmente el artículo 15-A dice que para poder ser legal esta figura deberá cumplir lo siguiente:
- No podrán abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollen en el centro de trabajo.
- Deberán justificar el carácter de especializado.
- Y no podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.
Si no se cumplen estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de la ley, incluyendo las obligaciones de seguridad social; entonces las regulaciones al outsourcing ya existen, sólo falta que las propias autoridades apliquen la ley y que ésta se respete.
Aunado a esto el outsourcing también es considerado como actividad vulnerable ante la ley del lavado de dinero, ya que se estima que el contratista al prestar el servicio de subcontratación en términos del artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo, incurre en el supuesto previsto por el inciso b) de la fracción XI del artículo 17 de la ley antilavado, referente a la prestación de servicios profesionales de manera independiente, para ser considerada como Actividad Vulnerable y, por lo tanto, está sujeto al cumplimiento de las obligaciones previstas por la propia ley, al llevar a cabo la administración y manejo de recursos del contratante, es decir de su cliente, en la realización del servicio contratado.
Por si fuera poco, este año se impuso a la subcontratación la retención del 6% del IVA facturado a personas morales y a personas físicas con actividades empresariales, aunado a la fiscalización que unidos el IMSS y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para detectar outsourcing mal aplicados y también considerarlos como delincuencia organizada.
Entonces, no se entiende por qué las autoridades dicen que la subcontratación está infringiendo leyes, si realmente es una actividad muy observada y vigilada; a menos que, aun así, las autoridades no puedan llevar a las empresas que incumplen el orden, eso ya es otra cosa.
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