/ lunes 7 de agosto de 2023

Próxima regulación del cannabis. Uso lúdico.

El pasado 25 de julio se realizó en el seno del Senado de la República, una reunión de trabajo conjunta de los cuerpos directivos de las Comisiones de Justicia, Salud y Estudios Legislativos Segunda, con el propósito de establecer un plan de tendiente a determinar una ruta crítica para lograr, antes del término de esta legislatura en agosto de 2024, una nueva ley que regule el cannabis en México.

El tema de la regulación del cannabis ha sido objeto de un intenso debate. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido varias resoluciones que han abierto un camino para la creación de una nueva ley que regule integral y responsablemente la producción y utilización del cannabis en el país. Los estudios para la creación de esta iniciativa pretenden equilibrar mediante su regulación, la protección de los derechos individuales para garantizar su uso lúdico, la seguridad ciudadana y aprovechar mediante su producción, las múltiples y variadas propiedades de esta planta, que impactan en la economía, la seguridad, la salud pública y el medio ambiente. Estas resoluciones entre otras cosas han reconocido el derecho de las personas adultas al libre desarrollo de la personalidad, permitiéndoles el consumo recreativo de cannabis, así como su uso con fines medicinales al aprovechar sus propiedades terapéuticas.

De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC por sus siglas en inglés), el cannabis es la droga ilícita más consumida en el mundo. 269 millones de personas entre 15 y 64 años consumieron cannabis con fines no médicos en 2018. En México es la tercera droga más consumida después del alcohol y del tabaco. El consumo de cannabis se incrementó de manera significativa del 2011 al 2016; por lo que las estadísticas muestran que el consumo alguna vez en la vida de la población mundial entre 12 y 65 años, aumentó en este período de tiempo en un 43%, pasando de un 6% (4.7 millones) a un 8.6% (7.3 millones).

De acuerdo también a la UNODC, el cannabis sigue siendo la sustancia más producida a nivel internacional y gran parte de ella se produce en el país en el que se consume. Entre 2010 y 2020 al menos 154 países reportaron acerca de la existencia de cannabis en su territorio, ya sea mediante indicadores indirectos (como la superficie de cultivo, la erradicación de plantas o la eliminación de lugares de producción) o indirectos (como la incautación de plantas o los informes sobre el origen del cannabis incautado). Esta cifra se eleva a más de 190 países y territorios si se toma en cuenta la información cualitativa del cultivo en interiores y a cielo abierto.

Este dato es muy importante en términos regulatorios, porque distingue al cannabis de otros estupefacientes como la cocaína, la adormidera u otros opiáceos, cuyo cultivo y producción se concentran en pocos países; razón por la cual el comercio ilícito de esas sustancias reviste un carácter internacional.

En 2019 la SCJN emitió una jurisprudencia que deriva de una serie de amparos a favor del uso personal del cannabis. En ella se establece como inconstitucional toda norma que prohíba el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos en la población adulta. A partir de esta resolución, el uso “lúdico” del cannabis para el libre desarrollo de la personalidad ha adquirido relevancia normativa, lo que a su vez ha motivado diversas iniciativas para adecuar un proyecto de legislación integral con los criterios de la SCJN. Por ello estamos en la tarea de considerar los diversos criterios relativos al uso del cannabis con el propósito de diseñar la mejor normativa posible y alejarnos del paradigma prohibicionista, que sigue prevaleciendo hasta la fecha.

El pasado 25 de julio se realizó en el seno del Senado de la República, una reunión de trabajo conjunta de los cuerpos directivos de las Comisiones de Justicia, Salud y Estudios Legislativos Segunda, con el propósito de establecer un plan de tendiente a determinar una ruta crítica para lograr, antes del término de esta legislatura en agosto de 2024, una nueva ley que regule el cannabis en México.

El tema de la regulación del cannabis ha sido objeto de un intenso debate. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido varias resoluciones que han abierto un camino para la creación de una nueva ley que regule integral y responsablemente la producción y utilización del cannabis en el país. Los estudios para la creación de esta iniciativa pretenden equilibrar mediante su regulación, la protección de los derechos individuales para garantizar su uso lúdico, la seguridad ciudadana y aprovechar mediante su producción, las múltiples y variadas propiedades de esta planta, que impactan en la economía, la seguridad, la salud pública y el medio ambiente. Estas resoluciones entre otras cosas han reconocido el derecho de las personas adultas al libre desarrollo de la personalidad, permitiéndoles el consumo recreativo de cannabis, así como su uso con fines medicinales al aprovechar sus propiedades terapéuticas.

De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC por sus siglas en inglés), el cannabis es la droga ilícita más consumida en el mundo. 269 millones de personas entre 15 y 64 años consumieron cannabis con fines no médicos en 2018. En México es la tercera droga más consumida después del alcohol y del tabaco. El consumo de cannabis se incrementó de manera significativa del 2011 al 2016; por lo que las estadísticas muestran que el consumo alguna vez en la vida de la población mundial entre 12 y 65 años, aumentó en este período de tiempo en un 43%, pasando de un 6% (4.7 millones) a un 8.6% (7.3 millones).

De acuerdo también a la UNODC, el cannabis sigue siendo la sustancia más producida a nivel internacional y gran parte de ella se produce en el país en el que se consume. Entre 2010 y 2020 al menos 154 países reportaron acerca de la existencia de cannabis en su territorio, ya sea mediante indicadores indirectos (como la superficie de cultivo, la erradicación de plantas o la eliminación de lugares de producción) o indirectos (como la incautación de plantas o los informes sobre el origen del cannabis incautado). Esta cifra se eleva a más de 190 países y territorios si se toma en cuenta la información cualitativa del cultivo en interiores y a cielo abierto.

Este dato es muy importante en términos regulatorios, porque distingue al cannabis de otros estupefacientes como la cocaína, la adormidera u otros opiáceos, cuyo cultivo y producción se concentran en pocos países; razón por la cual el comercio ilícito de esas sustancias reviste un carácter internacional.

En 2019 la SCJN emitió una jurisprudencia que deriva de una serie de amparos a favor del uso personal del cannabis. En ella se establece como inconstitucional toda norma que prohíba el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos en la población adulta. A partir de esta resolución, el uso “lúdico” del cannabis para el libre desarrollo de la personalidad ha adquirido relevancia normativa, lo que a su vez ha motivado diversas iniciativas para adecuar un proyecto de legislación integral con los criterios de la SCJN. Por ello estamos en la tarea de considerar los diversos criterios relativos al uso del cannabis con el propósito de diseñar la mejor normativa posible y alejarnos del paradigma prohibicionista, que sigue prevaleciendo hasta la fecha.