Ante el panorama actual de intenso dinamismo del comercio internacional, la protección de las bases tributarias de los Estados se ha convertido en una prioridad en muchos países, donde México no es la excepción.
Por esta razón, los Precios de Transferencia se refiere a la evaluación y determinación de valores a diversas iniciativas entre Partes Relacionadas — según el Artículo 179 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR), son dos o más personas que participan directa o indirectamente en el control del capital de la otra. Estas operaciones se refieren al intercambio de bienes (tangibles e intangibles) y la prestación de servicios entre organizaciones que hacen parte del mismo grupo empresarial.
¿Cuál es su función?
Los Precios de Transferencia son una herramienta para hacer negocios a nivel nacional e internacional y distribuir la rentabilidad entre las empresas tienen una relación comercial.
Dentro de las regulaciones y normativas más importantes que la Ley de Impuesto sobre la Renta o LISR ha determinado en torno a los Precios de Transferencia se destacan:
1. Estudio de Precios de Transferencia
Esta Ley indica que las personas que ejecuten operaciones con Partes Relacionadas tienen la obligación de establecer el monto de los ingresos obtenidos y deducciones realizadas a partir de estos intercambios comerciales.
2. Personas que deben realizar el estudio de Precios de Transferencia
En la Ley, en el artículo 76 se especifica que los contribuyentes deben cumplir con esta normativa siempre y cuando: Posean ingresos de actividades empresariales en su ejercicio anterior superiores a MX $13 millones de pesos; Sus ingresos obtenidos a través de la prestación de servicios superen los MX $3 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior; Se presuma que realizan transacciones con sociedades sujetas a regímenes fiscales preferentes.
3. Revisión
En el Código Fiscal de la Federación o CFF, dentro del artículo 46 se define claramente que las facultades de revisión en el área de Precios de Transferencia permiten sancionar y multar a organizaciones que no cuenten con el estudio.
Qué riesgos hay al no contar con un estudio de Precios de Transferencia
En el caso de verificarse que el contribuyente no cumple con sus obligaciones determinadas por las disposiciones en materia de Precios de transferencia, las sanciones pueden ser:
Invalidación de las deducciones autorizadas (los pagos ejecutados a las Partes Relacionadas).
Una multa que va desde el 55% al 75% de las contribuciones omitidas cuando se dé la omisión total o parcial del pago de contribuciones.
El hecho de no contar con un estudio de Precios de Transferencia, la multa será un 50% menor de lo establecido en el punto anterior.
No presentar o presentar de forma incompleta o con errores el estudio de Precios de Transferencia, generará una multa que va entre los MX $68.590 y MX $137.190 pesos.
Sin lugar a dudas, la tecnología es el aliado perfecto para adaptarse a las regulaciones de forma automática y garantizar el cumplimiento de las operaciones para evitar sanciones, multas o procesos fiscales que perjudiquen el bienestar de la compañía.
Dudas y Comentarios
Maestro en Impuestos y Derecho Fiscal. Contador Público
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