/ jueves 14 de noviembre de 2024

Tinta sin cera / El viejón esperado, el Aguinaldo

Nos encontramos a escasas semanas de comenzar a celebrar las festividades navideñas, pero, en el ámbito laboral estamos cerca del pago del aguinaldo el cuál es un derecho de todo trabajador, que se encuentra establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), específicamente en su artículo 87 que a la letra dice: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.”

En el caso de las personas que no cuenten con un año de servicio dentro de su centro de trabajo, tienen el derecho a que se le pague la parte proporcional del mismo respecto al tiempo que hayan trabajado. El aguinaldo no puede reemplazarse por ningún tipo de dádiva o estímulo, las empresas no pueden sustituir el pago del aguinaldo por ninguna otra forma de retribución.

Este derecho se encuentra plasmado en la Ley Federal del Trabajo desde los años 70, no ha sido modificado el marco normativo por más de 50 años, su última reforma se realizó el 31 de diciembre de 1975, respecto al pago de aguinaldo en proporción al tiempo laborado.

Por más de cinco décadas no se ha realizado alguna propuesta que marque un cambio significativo en pro de los trabajadores. Sin embargo, actualmente se encuentra sobre la mesa la iniciativa de reforma al artículo 87, para aumentar de 15 a 30 días de aguinaldo, se encuentra aprobada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, ahora está siendo analizada por la Cámara de Diputados, por lo que no existe una fecha en la que pudiera entrar en vigor en caso de ser aprobada.

Como se ha hecho mención anteriormente la prestación del aguinaldo lleva muchos años sin ser modificada, es una de las prestaciones más importantes y esperadas por la clase trabajadora de este país, ya que representa un porcentaje importante de sus ingresos.

Muchas de familias esperan el mes de diciembre y en ocasiones juntan el aguinaldo de los integrantes de la familia para hacer frente a compromisos, para arreglar, construir o ampliar su casa, comprar un vehículo familiar, o simplemente, tener un pequeño colchón para afrontar gastos tan elementales como la despensa, renta, pago de servicios, etc. Por ello es esencial que se analice esta reforma considerando las necesidades de los trabajadores, siendo que su aprobación sería en el bienestar de muchos mexicanos.

Si este derecho no se cumple en tiempo y forma, la persona afectada puede acudir ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en Chihuahua se encuentran ubicados en Av. Benito Juárez No. 3115, Local 26 y 27, Plaza Victoria, Col. Centro, C.P. 31000, línea Whatsapp 614 371 2288; en Ciudad Juárez, en Blvd. Manuel Gómez Morín No. 7045, Local, 12, piso 3, Col. Fraccionamiento de Santa Rita Virreyes, C.p. 32459, línea Whatsapp 656 893 1708.

“Un trabajador que cuenta con una mayor estabilidad económica, será un individuo que dará mayores resultados y desempeño, reflejándose en ganancias y producción para su centro de trabajo.”


Maestro en Ciencias Penales. Director del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en el Estado.

@EZertucheM

Instagram: enrique_zertuche

Facebook: Enrique Zertuche



Nos encontramos a escasas semanas de comenzar a celebrar las festividades navideñas, pero, en el ámbito laboral estamos cerca del pago del aguinaldo el cuál es un derecho de todo trabajador, que se encuentra establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), específicamente en su artículo 87 que a la letra dice: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.”

En el caso de las personas que no cuenten con un año de servicio dentro de su centro de trabajo, tienen el derecho a que se le pague la parte proporcional del mismo respecto al tiempo que hayan trabajado. El aguinaldo no puede reemplazarse por ningún tipo de dádiva o estímulo, las empresas no pueden sustituir el pago del aguinaldo por ninguna otra forma de retribución.

Este derecho se encuentra plasmado en la Ley Federal del Trabajo desde los años 70, no ha sido modificado el marco normativo por más de 50 años, su última reforma se realizó el 31 de diciembre de 1975, respecto al pago de aguinaldo en proporción al tiempo laborado.

Por más de cinco décadas no se ha realizado alguna propuesta que marque un cambio significativo en pro de los trabajadores. Sin embargo, actualmente se encuentra sobre la mesa la iniciativa de reforma al artículo 87, para aumentar de 15 a 30 días de aguinaldo, se encuentra aprobada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, ahora está siendo analizada por la Cámara de Diputados, por lo que no existe una fecha en la que pudiera entrar en vigor en caso de ser aprobada.

Como se ha hecho mención anteriormente la prestación del aguinaldo lleva muchos años sin ser modificada, es una de las prestaciones más importantes y esperadas por la clase trabajadora de este país, ya que representa un porcentaje importante de sus ingresos.

Muchas de familias esperan el mes de diciembre y en ocasiones juntan el aguinaldo de los integrantes de la familia para hacer frente a compromisos, para arreglar, construir o ampliar su casa, comprar un vehículo familiar, o simplemente, tener un pequeño colchón para afrontar gastos tan elementales como la despensa, renta, pago de servicios, etc. Por ello es esencial que se analice esta reforma considerando las necesidades de los trabajadores, siendo que su aprobación sería en el bienestar de muchos mexicanos.

Si este derecho no se cumple en tiempo y forma, la persona afectada puede acudir ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en Chihuahua se encuentran ubicados en Av. Benito Juárez No. 3115, Local 26 y 27, Plaza Victoria, Col. Centro, C.P. 31000, línea Whatsapp 614 371 2288; en Ciudad Juárez, en Blvd. Manuel Gómez Morín No. 7045, Local, 12, piso 3, Col. Fraccionamiento de Santa Rita Virreyes, C.p. 32459, línea Whatsapp 656 893 1708.

“Un trabajador que cuenta con una mayor estabilidad económica, será un individuo que dará mayores resultados y desempeño, reflejándose en ganancias y producción para su centro de trabajo.”


Maestro en Ciencias Penales. Director del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en el Estado.

@EZertucheM

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Facebook: Enrique Zertuche