Cuando se aproxima el “Mes del Testamento” en nuestro país, es importante reflexionar en como un testamento ológrafo puede llegar a ser útil a la hora de regular la sucesión mortis causa, ya que brinda tranquilidad a la familia y define qué y a quienes distribuirás tus bienes y el patrimonio que hayas creado durante tu vida, pero el realizar el trámite no implica que dejes de ser dueño de tus cosas, ya que sólo es válido para los bienes que posees hasta el momento de tu muerte.
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Como es bien sabido, el testamento ológrafo es el documento legal en donde se establece lo que se desea hacer con los bienes y así no heredar problemas, hay que tomar en cuenta que septiembre es el “Mes del Testamento”, mismo que fue implementado como una campaña que busca promover la cultura de la previsión entre los mexicanos.
El tener un testamento en orden asegura a los parientes la tranquilidad de evitar gastos mayores e innecesarios, así como la pérdida de tiempo, al realizar un juicio intestamentario que es caro, tedioso y largo, para acreditar los bienes al nuevo dueño, al quedar intestados por no dejar un documento que avale quien será el nuevo propietario al momento del fallecimiento.
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¿Sabes cómo realizar tu testamento en Chihuahua?
El Gobierno del Estado de Chihuahua durante los últimos años ha realizado la promoción de un descuento del 50 por ciento en el costo del trámite del testamento ológrafo durante septiembre, que es el mes del testamento, por lo que es momento de pensar y reflexionar para tramitarlo, y así, no heredar problemas a la familia.
Importante es señalar que el testamento ológrafo es el que esta escrito y firmado por el propio testador y en el estado de Chihuahua, tiene un costo de 930 pesos, por lo que si aprovecha el descuento del mes de septiembre en realidad tendrá un costo de 465 pesos.
No heredes problemas a tu familia, realiza el trámite del testamento ológrafo en esta ciudad de Parral, en el Edificio Gubernamental Parral, ubicado en la Avenida 20 de Noviembre sin número, de lunes a viernes y en un horario de 9:00 a 15:00 horas.
Si quieres realizar el trámite de tu testamento y no sabes cómo hacerlo, en el Registro Público de la Propiedad y del Notariado de Chihuahua te dicen como, mismo que está ubicado en el Edificio Gubernamental. Como ya se mencionó tiene un costo de 930 pesos, según la tarifa vigente del 2 de enero al 31 de diciembre del presente años 2023.
En Chihuahua, el testamento lo puede realizar una persona a partir de los 14 años, siempre y cuando se tengan bienes para repartir entre sus familiares.
¿Qué documentos necesito tramitar un testamento?
En caso de requerir un testamento ológrafo se debe realizar el trámite, tomando en cuenta que es escrito de puño y letra del testador (el cual es personalísimo, revocable, libre y voluntario); como requisitos es necesario saber leer y escribir, para llenar la solicitud expedida por la dependencia y realizar el pago.
Además, se deben elaborar 2 cartas de puño y letra por el solicitante, donde expresa su voluntad y un ejemplo de cómo escribir el documento es el siguiente, mismo que se tendrá que hacer en duplicado: Yo (nombre completo del testador) mexicano (a), originario (a) de (lugar de nacimiento), nacido (a), el día (fecha de nacimiento), de ocupación…, soltero(a)/casado(a), con domicilio en: (calle, numero, col, ciudad) y en pleno uso de mis facultades y sin coacción alguna, manifiesto que nombro heredero (s) a… (nombre completo del heredero o herederos) …. de mi propiedad ubicada en: (calle, numero, colonia, ciudad).
También se debe presentar acta de nacimiento en original y copia; así como credencial con fotografía en original y copia.
Existe la posibilidad de rechazo del trámite, esto cuando no asiste personalmente el testador, o bien cuando no sabe leer ni escribir.
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¿Cuáles son los beneficios al tramitar tu testamento?
Al concluir el trámite, quien lo haya realizado tendrá la seguridad de que, al recibirlo, su testamento tendrá legalidad, mismo que es entregado en un sobre sellado y lacrado, con uno de los dos escritos elaborados por el testador, ya que el otro se quedará de resguardo en la dependencia.
Es importante saber que el sobre que recibe el testador se lo podrá llevar a su casa, pero no deberá abrirlo ni manipularlo, mucho menos ensuciarlo, tacharlo o maltratarlo.
También es de mencionar que el testador podrá realizar los cambios que desee siempre y cuando informe a una notaria u notario público, para que él pueda ayudarle a realizar los cambios que considere pertinentes y le entreguen de nuevo el testamento.
Si durante el paso de los años se realizaron varios cambios al testamento, el último de ellos será el único válido y será el que se tomará en cuenta en el momento del fallecimiento.
De no dejar testamento, la ley decide quienes serán los herederos y qué le corresponderá a cada uno, lo que en muchas de las ocasiones genera conflictos entre los familiares, ya que la herencia del fallecido no se repartirá como ellos lo esperaban.
Para poder acceder a los bienes debe tramitarse un juicio sucesorio ante el juzgado de lo familiar, algo que es costos y tardado; de acuerdo a lo que establece la ley, en caso de no haber testamento, los bienes se repartirán con la siguiente prioridad: descendientes (hijos o nietos del o la fallecida); cónyuge, concubina y concubino; ascendientes del fallecido fallecida (hermanos, madre o padre).
En caso de que el fallecido no tenga ningún familiar cercano con vida, los bienes pasarán directamente a manos del estado, por lo que es importante tramitar el testamento para no dejar desamparada a tu familia, así como no dejar gastos o problemas a los seres queridos luego del fallecimiento. ¡No heredes problemas, tramita tu testamento!
¿Cuáles son los diferentes tipos de testamento que existen?
Hay diferentes tipos de testamento, que a continuación se le describen para que conozca cuál es el que se ajusta a sus necesidades.
Testamento Público Abierto. Es el que se otorga ante Notario Público, si el testador sabe leer y escribir no hay necesidad de testigos, de lo contrario acudirá con dos testigos y si no sabe el idioma tendrá que estar presente un traductor.
Testamento Público Cerrado. Puede ser escrito por el testador o por otra persona a su ruego; y en papel común para darle formalidad deberá acudir con un notario y declarar el testador que la persona formó a su ruego.
Testamento Público Simplificado. Es el que se otorga ante notario en el momento de la escrituración, respecto de un inmueble destinado o que vaya a ser destinado a vivienda en donde se consigne la adquisición o la regularización, es decir, el testamento queda plasmado en las mismas escrituras.
Testamento ológrafo. Es aquel que es escrito de puño y letra del testador, el que será cerrado y lacrado depositándose en el Archivo General de Notarías.
Testamento privado. Este testamento sólo podrá ser válido en casos graves o enfermedad violenta, siempre y cuando no se pueda realizar el testamento ológrafo.
Testamento Militar. Este testamento lo podrán realizar los militares o asimilados, en el momento de entrar en acción de guerra o estando herido sobre el campo de batalla, declarando su voluntad ante dos testigos o entregando pliego cerrado que contenga su última voluntad, firmada de puño y letra.
Testamento Marítimo. Este testamento lo podrán realizar los que se encuentren en altamar, a bordo de navíos de la Marina Nacional, sea de guerra o mercante, lo escribirán en presencia de dos testigos y el capitán.
Testamento hecho en país extranjero. Estos producirán efectos en el Distrito Federal, cuando hayan sido formulados de acuerdo a las Leyes del país en donde se otorgaron.
Notas publicadas en: El Sol de Parral