Si vas a ciertos lugares del Centro o de mucho tránsito en la ciudad suele suceder que personas han colocado botes, conos o algún otro objeto para impedir que te estaciones sin pagarles alguna comisión, los famosos “Viene, viene”.
¿Pero sabías que esta actividad la gran mayoría de las veces es ilegal? Esto es pues se suele realizar en vía pública en zonas en las que los conductores tienen el derecho de estacionarse sin más trámite.
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Por lo que es de hecho una falta en casi todos los casos, en Chihuahua se considera una infracción contra el tránsito público según el Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Chihuahua.
Pues en el Capítulo Segundo de las infracciones, Artículo 13, “Son faltas o infracciones contra el tránsito público: … V. Colocar objetos que dificulten el libre tránsito en calles o banquetas sin permiso de las autoridades municipales”.
Con esto se considera falta: Obstruir las aceras de las calles sin el permiso de las autoridades municipales, invadir con vehículos las aceras, plazas, jardines, parques, centros de recreo, unidades deportivas o de espectáculos, u otros sitios análogos, destruir o quitar los señalamientos viales o los colocados para indicar algún peligro o camino y estacionar los vehículos en los lugares expresamente prohibidos por la ley de la materia.
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¿Cómo se castiga?
En el mismo documento de la ciudad de Chihuahua, pero dentro del Capítulo quinto de las sanciones, en el artículo 44, dice lo siguiente:
"Se sancionarán con multa por el equivalente de cinco a 15 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de Chihuahua, o arresto de 12 a 18 horas, las infracciones comprendidas en artículo 7, fracciones VI, VIII, IX, X, XI y XIV; artículo 8, fracciones I, II y XI; artículo 9, fracción I; artículo 10, fracciones III, IV y IX; artículo 11, fracción I; y artículo 13, fracciones I, II, III, IV y V. "
Este último es el que nos compete, pues el que se ha mencionado con anterioridad.
Es decir que los famosos "Viene, viene" podrían tener una multa que puede variar entre 1,244.65 y 3,733.95 pesos, según el salario mínimo actual (2024) de 248.93 pesos al día.
¿Dónde si me puedo estacionar?
El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Chihuahua, afirma es falta o infracción “estacionar los vehículos en los lugares expresamente prohibidos por la ley de la materia”, a la ley referida es la “Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua”.
Estos son los lugares prohibidos para estacionarte, a excepción de los que se nombran a continuación te puedes estacionar en cualquier otro lugar:
- En las zonas reservadas para personas con discapacidad o frente a rampas especiales de acceso a las banquetas diseñadas especialmente para dichas personas.
- Los espacios destinados para sitios de automóviles de alquiler, paradas de autobuses de tipo colectivo urbano o foráneo, o terminales de servicio público, entradas y salidas de ambulancias en hospitales, funerarias, zonas de carga y descarga, o establecimientos bancarios que manejen valores.
- En doble fila o frente al acceso de cocheras, patios, excepción hecha del propio domicilio.
- En vías de circulación continua, o frente a sus accesos o salidas.
- A menos de seis metros de los cruceros, esquinas o en lugares donde se obstruya la visibilidad de señales de tránsito a los demás conductores.
- Sobre aceras, camellones, andadores u otras vías y espacios reservados al tránsito peatonal.
- En cualquier puente o estructura elevada o en el interior de túneles.
- A menos de diez metros del riel más cercano de un cruce ferroviario.
- A menos de cien metros de una curva o cima sin visibilidad.
- En sentido contrario o frente a tomas de agua para bomberos.
- En zonas o vías públicas donde exista un señalamiento expreso para tal efecto.