En México, las vacaciones laborales están protegidas por la Ley Federal del Trabajo (LFT), que garantiza a los trabajadores el derecho a un descanso remunerado después de un periodo continuo de trabajo. Sin embargo, a menudo surgen preguntas sobre cuánto tiempo puede el patrón retrasar las vacaciones y bajo qué condiciones se puede modificar la fecha de su disfrute. Conocer los derechos que establece la ley es fundamental para evitar abusos en este aspecto.
La LFT establece, en su artículo 76, que los trabajadores que hayan cumplido un año de servicio tienen derecho a un período mínimo de seis días de vacaciones, que aumentan en dos días por cada año adicional de servicio hasta llegar a doce días. A partir del cuarto año, el período de vacaciones aumenta en dos días cada cinco años de servicio. Este derecho es innegociable, pero la fecha en que se otorgan las vacaciones sí puede ser motivo de ajuste, dependiendo de las necesidades tanto del trabajador como del empleador.
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¿Cuánto tiempo te puede retrasar el patrón tus vacaciones? Esto dice la ley
En cuanto al retraso de las vacaciones, la ley no establece un plazo máximo exacto en el que el patrón pueda posponerlas unilateralmente. Sin embargo, el artículo 81 de la LFT estipula que las vacaciones deben otorgarse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de trabajo del empleado. Esto significa que el patrón no puede retrasarlas más allá de este período, salvo que exista un acuerdo entre ambas partes para modificar las fechas de disfrute.
El patrón tiene la obligación de notificar con antelación al trabajador sobre la fecha en que podrá tomar sus vacaciones. No existe un tiempo específico en la ley para esta notificación, pero es práctica común que las empresas lo hagan con al menos un mes de anticipación para que el empleado pueda planificar su descanso. Si el empleador retrasa las vacaciones sin justificación, el trabajador puede acudir a las autoridades laborales para reclamar su derecho.
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Un aspecto importante que menciona la ley es que las vacaciones no pueden ser compensadas económicamente en lugar de ser disfrutadas, salvo en caso de que la relación laboral termine antes de que el trabajador pueda tomarlas. En otras palabras, las vacaciones son un derecho que debe ser ejercido como tiempo de descanso, y el patrón no puede ofrecer un pago extra para que el empleado siga trabajando en lugar de tomar su tiempo libre.
¿En qué casos se pueden retrasar las vacaciones?
Existen algunas circunstancias excepcionales bajo las cuales el patrón podría solicitar un ajuste en las fechas de vacaciones. Estas incluyen situaciones extraordinarias que afecten el funcionamiento normal de la empresa, como una alta demanda de trabajo o la necesidad de que el empleado cubra una ausencia imprevista. No obstante, estas modificaciones deben ser consensuadas y, en ningún caso, el patrón puede obligar al trabajador a aceptar un retraso injustificado.
Si el patrón incumple con el otorgamiento de las vacaciones en el plazo señalado por la ley, el trabajador puede presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o acudir a una Junta de Conciliación y Arbitraje. En estos casos, las autoridades laborales podrán intervenir para garantizar el cumplimiento del derecho a vacaciones, e incluso se podrían aplicar sanciones a la empresa por no respetar lo establecido en la ley.
El disfrute de las vacaciones es esencial no solo para el bienestar físico y mental del trabajador, sino también para garantizar una mayor productividad y motivación. La Ley Federal del Trabajo reconoce este derecho como fundamental, y cualquier intento por parte del patrón de retrasar o modificar las vacaciones sin justificación puede tener consecuencias legales.
Publicada originalmente en El Sol de Parral