Seguramente has escuchado o leído los términos “persona moral” y “persona física”, pues son conceptos legales muy importantes si quieres emprender tu propio negocio o también si eres un trabajador contratado por alguna empresa.
Y es que nadie quiere problemas con el SAT (Sistema de Administración Tributaria), así que más vale estar al corriente de la terminología básica.
Se puede decir, a grandes rasgos, que existen las personas físicas y las personas morales son los dos principales tipos de contribuyentes que existen. Ambos muy diferentes, con requisitos y trato fiscal diferente.
Persona física
Esta es cualquier persona que realiza una actividad económica, desde comerciantes y vendedores, hasta empleados o profesionistas. Todas ellas tienen derechos y obligaciones de acuerdo al régimen fiscal al que pertenezcan.
De acuerdo al SAT, los diferentes regímenes para las Personas Físicas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos, de la siguiente manera:
- Régimen Simplificado de Confianza
- Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
- Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Enajenación de bienes
- Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
- Régimen de Arrendamiento
- Intereses
- Obtención de premios
- Dividendos
- Demás ingresos
Si vas a emprender tienes que conocer los detalles fiscales de la actividad en la que te piensas desarrollar. Así como plantear una estimación realista y lo más acertada posible de las ganancias mensuales y anuales que tendrás, para que puedas identificar el régimen fiscal que te corresponde. Para que conozcas a detalle los diferentes tipos de regímenes, e identifiques al cual perteneces es recomendable que visites la página del SAT.
Persona moral
La persona moral, en cambio, no es un individuo, sino un grupo, un conjunto de personas físicas, unidas por un fin colectivo. Según explica el SAT “son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones”. Comúnmente las personas morales son empresas o asociaciones civiles.
Por otra parte, las personas morales tienen más obligaciones que las personas físicas. Para crear una persona moral es necesaria la redacción del acta constitutiva en una notaría. Mientras que la persona física sólo tiene que crear una marca comercial y registrarla en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
A su vez, la persona moral tiene que inscribirse uno de estos dos regímenes fiscales:
Régimen General: Si realizan actividad empresarial y con fines de lucro, es decir sociedades, que manejan bancos, almacenes, industrias, medios de comunicación, empresas de transporte, etc.
Fines no lucrativos: Se trata de organizaciones que no buscan obtener ganancias para sus miembros. Estas son sociedades de inversión, administradoras de fondos para el retiro ( es decir, Afores), los sindicatos de trabajadores, asociaciones civiles o instituciones de beneficencia.