Faltan menos de tres meses para que el 2024 termine, y con él vienen posadas, reuniones familiares, festejos de Navidad, Año Nuevo, y por supuesto, la entrega del tan esperado aguinaldo. En caso de que tengas un empleo formal, tu patrón debe darte, de manera obligatoria, esta prestación, sin importar el tiempo que lleves laborando en la empresa.
De hecho, de acuerdo al Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual, que deberá ser proporcional a por lo menos 15 días de salario, el cual tendrá que ser pagado antes del 20 de diciembre.
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En caso de que éstos no hayan cumplido el año de servicios “independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.
En ocasiones suelen surgir varias dudas alrededor de esta prestación laboral, por lo que acá te contamos más sobre ella, incluyendo uno de los temas que más llaman la atención de los trabajadores que es, ¿cómo calcular cuánto me toca de aguinaldo?
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¿Quiénes tienen derecho a que se les pague el aguinaldo?
De acuerdo a la plataforma de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), todos los trabajadores, “ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes”, tienen derecho a recibir un aguinaldo.
Como te mencionamos anteriormente, en caso de que cuando sea la fecha del pago del aguinaldo, no hayas cumplido aún un año en la empresa, se te deberá pagar una parte proporcional al tiempo que llevas prestando tus servicios, cualquiera que sea este, ya sea que lleves una semana o 10 meses.
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Cabe recalcar que en caso de las madres o padres que solicitaron permiso de maternidad o paternidad, así como las personas que registraron una o varias incapacidades, deben de recibir su aguinaldo completo, sin excepción alguna.
¿Cómo calcular cuánto me toca de aguinaldo?
Es importante recordar que el pago del aguinaldo deberá ser de por lo menos 15 días de salario, sin embargo, hay algunas empresas o patrones que pagan 20, 25, e inclusive 30 días. Para fines prácticos y para hacer el cálculo, tomaremos como referencia, los 15 días que son lo mínimo que deben pagarte.
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Lo primero que deberás hacer es obtener el promedio de tu salario diario neto, sin incluir los descuentos que se te hacen por los impuestos, o pagos extras como bonos, días festivos, etc. Para hacerlo, deberás dividir tu sueldo mensual entre 30 días. Por ejemplo, si tu sueldo mensual neto es de 12 mil pesos, tendrás que dividirlo entre los 30 días del mes, dando como resultado 400 pesos.
La cifra anterior deberás de multiplicarla por 15 días (que es lo mínimo que deben darte de aguinaldo) y te saldrá 6 mil pesos, que es lo que te tocaría de esta prestación en caso de que lleves un año de servicios.
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Por otra parte, en caso de que lleves menos de un año trabajando, deberás de dividir esos 6 mil pesos entre 365 que son los días que tiene un año, y el resultado será de 16.43 pesos. La cifra anterior deberás multiplicarla por el tiempo trabajado, por ejemplo, si llevas 3 meses (90 días), tendrías que multiplicar 16.43x90 y daría mil 479, que sería lo que te tocaría de aguinaldo.
Cabe recalcar que el aguinaldo sí genera impuestos, siempre y cuando sea mayor a 30 UMAs, que en este 2024 cada una equivale a 108.57 pesos, es decir, si te pagan más de 3 mil 257 pesos, sí te descontarán impuestos, de lo contrario, esta prestación se irá íntegra a tu bolsillo.
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¿Me pueden negar el pago del aguinaldo?
De acuerdo a la Profedet, el pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, por lo que tu patrón o empresa en la que laboras, en ningún momento puede “argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe”.
Asimismo, es importante que sepas que el pago deben hacerlo en efectivo, vía transferencia o depósito, pero nunca en especie. Es decir, no pueden negarse a darte el dinero e intercambiarlo por mercancías, vales, fichas, o cualquier otra cosa que trate de sustituirlo.
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¿Qué debo hacer si no me pagan mi aguinaldo antes del 20 de diciembre?
En caso de que no te hayan pagado tu aguinaldo parcial o completamente para el 20 de diciembre, podrás denunciarlo y reclamar el pago de este hasta un año después, con las autoridades correspondientes en las “Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral”.
Es importante que sepas que si tu patrón o empresa para la que laboras, se niega a pagarte esta prestación, podría recibir sanciones de entre 50 a 500 UMAs, que en pesos serían entre 5 mil 428 pesos y 54 mil 285 pesos mexicanos.
Para asesorarte puedes acercarte a la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet) donde ofrecen “servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica” en casos que estén relacionados con problemáticas laborales.
Para contactarlos puedes hacerlo por medio de los números telefónicos 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000 extensiones 44740 y 44741, o bien, puedes escribirles al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.