Actualmente, para adquirir la canasta alimentaria urbana para una persona, se deben destinar mil 038.68 pesos más que hace diez años, considerando que en 2013 estaba en mil 204.44 pesos y en 2023 aumentó a 2 mil 243.12 pesos, de acuerdo a registros del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
En relación al comparativo anual, la canasta alimentaria urbana pasó de 2 mil 114.03 pesos en septiembre de 2022, a 2 mil 243.12 pesos en septiembre de 2023.
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Por su parte, la canasta alimentaria rural se encontraba en 919.88 pesos en septiembre de 2013; luego, en mil 625.57 pesos en septiembre de 2022, y en mil 721.14 pesos en septiembre de 2023, según la última actualización.
En lo que respecta a la canasta alimentaria y no alimentaria urbana, pasó de 2 mil 687.44 pesos en septiembre de 2013, a 4 mil 194.32 pesos en septiembre de 2022, y a 4 mil 379.41 pesos en septiembre de 2023.
Y la canasta alimentaria y no alimentaria rural se ofreció en mil 851 pesos en el mes de septiembre de 2013, en 3 mil 006.97 pesos en septiembre de 2022, y en 3 mil 171.31 pesos el noveno mes del año en curso, revelaron estadísticas del Coneval.
Para la medición del espacio de bienestar económico contemplado en la Metodología para la medición multidimensional de la pobreza en México, el Coneval define dos líneas de pobreza: la Línea de Pobreza Extrema por Ingresos (LPEI), que equivale al valor monetario de la canasta alimentaria por persona al mes; y la Línea de Pobreza por Ingresos (LPI), que equivale al valor monetario total de la canasta alimentaria más la canasta no alimentaria por persona al mes.
El Consejo actualiza mensualmente los valores monetarios de las Líneas de Pobreza por Ingresos (canasta alimentaria más no alimentaria) y Líneas de Pobreza Extrema por Ingresos (canasta alimentaria) utilizando el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) calculado y publicado por el INEGI.
Es importante recordar que las Líneas de Pobreza por Ingresos tienen como propósito contar con un referente monetario para determinar si lo que perciben las personas es mayor o menor a ciertos umbrales de ingreso establecidos de acuerdo con criterios específicos, es decir, si el ingreso corriente por persona es suficiente para adquirir los productos de las canastas.
Tomando en cuenta lo anterior, no constituyen una sugerencia del patrón de gasto que deben adoptar los hogares mexicanos para cubrir sus necesidades, debido a que la estructura del gasto depende de las necesidades, la disponibilidad de bienes de consumo y preferencias específicas de cada individuo o familia.