/ martes 30 de julio de 2024

¡Que no te queden debiendo! Cómo hacer un pagaré que sí sea válido

Los pagaré no son la transacción más común, pero es probable que tengas que expedir uno o recibir uno alguna vez, así que te contamos cómo hacerlo con todas las de la ley

¿Te pidieron un pagaré o te tienen que entregar uno? Asegúrate de que cumpla con todo lo que pide la ley, para que no haya malentendidos o te expongas a ser víctima de un fraude.

Un pagaré es un título de crédito que incluye una promesa incondicional de pago de una suma específica de dinero hecha por una persona (el suscriptor) a otra (el beneficiario o tenedor).

Requisitos esenciales de un pagaré

Según la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, un pagaré debe incluir:

  1. La mención de ser un pagaré: Esta debe estar claramente indicada en el documento.

  2. Promesa incondicional de pago: Se debe prometer el pago de una suma específica de dinero sin condiciones.

  3. Nombre del beneficiario: Especificar a quién se le hará el pago.

  4. Fecha y lugar del pago: Indicar cuándo y dónde se realizará el pago.

  5. Fecha y lugar de emisión: Señalar cuándo y dónde se firma el documento.

  6. Firma del suscriptor: El pagaré debe ser firmado por el suscriptor o por alguien autorizado para firmar en su nombre. En el caso de medios electrónicos, la firma debe ser atribuible conforme al Código de Comercio.

@3tipsymas Respuesta a @Fernando Ceballos rellenandolo de manera correcta, pero ¿Como rellenar un pagaré? #abogado #positivo #parati #pagare #pagaré ♬ Paris - Else

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Consecuencias de omisiones en el pagaré

  • Fecha de vencimiento: Si no se menciona, el pagaré se considera pagadero a la vista, es decir, cuando el beneficiario lo presente para el pago.

  • Lugar de pago: Si no se especifica, se entiende que el pago se realizará en el domicilio del suscriptor.

  • Cantidad a pagar: Es indispensable que se mencione una suma específica de dinero. De no hacerlo, el documento carece de validez.

  • Diferencia en cantidades: Si la cantidad en números difiere de la escrita en letras, prevalecerá la escrita en letras.

  • Mención de ser un pagaré: Es crucial para diferenciarlo de otros documentos y establecer sus efectos legales. Sin esta mención, el documento no será válido como pagaré.

  • Firma del suscriptor: Es fundamental para validar el compromiso de pago. Sin la firma, el pagaré no tiene validez legal.

Otros aspectos importantes

  • Pago de intereses: Se pueden acordar intereses moratorios si el suscriptor no cumple con el pago en la fecha estipulada. Sin embargo, los intereses no deben ser excesivos, ya que esto constituiría usura.

  • Formatos de pagaré: Los pagarés pueden ser válidos tanto en formatos impresos como escritos a mano, siempre que cumplan con los requisitos legales. También pueden ser emitidos mediante medios electrónicos.

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Obligaciones del suscriptor

La persona que firma el pagaré se compromete a pagar la cantidad especificada al beneficiario. Cualquier persona física o moral con capacidad legal puede suscribir un pagaré.

Además, una persona puede firmar un pagaré en nombre de otra siempre que tenga la representación legal adecuada. Si alguien firma sin tener la autoridad para hacerlo, se considerará responsable personalmente del pago.

¿Te pidieron un pagaré o te tienen que entregar uno? Asegúrate de que cumpla con todo lo que pide la ley, para que no haya malentendidos o te expongas a ser víctima de un fraude.

Un pagaré es un título de crédito que incluye una promesa incondicional de pago de una suma específica de dinero hecha por una persona (el suscriptor) a otra (el beneficiario o tenedor).

Requisitos esenciales de un pagaré

Según la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, un pagaré debe incluir:

  1. La mención de ser un pagaré: Esta debe estar claramente indicada en el documento.

  2. Promesa incondicional de pago: Se debe prometer el pago de una suma específica de dinero sin condiciones.

  3. Nombre del beneficiario: Especificar a quién se le hará el pago.

  4. Fecha y lugar del pago: Indicar cuándo y dónde se realizará el pago.

  5. Fecha y lugar de emisión: Señalar cuándo y dónde se firma el documento.

  6. Firma del suscriptor: El pagaré debe ser firmado por el suscriptor o por alguien autorizado para firmar en su nombre. En el caso de medios electrónicos, la firma debe ser atribuible conforme al Código de Comercio.

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Consecuencias de omisiones en el pagaré

  • Fecha de vencimiento: Si no se menciona, el pagaré se considera pagadero a la vista, es decir, cuando el beneficiario lo presente para el pago.

  • Lugar de pago: Si no se especifica, se entiende que el pago se realizará en el domicilio del suscriptor.

  • Cantidad a pagar: Es indispensable que se mencione una suma específica de dinero. De no hacerlo, el documento carece de validez.

  • Diferencia en cantidades: Si la cantidad en números difiere de la escrita en letras, prevalecerá la escrita en letras.

  • Mención de ser un pagaré: Es crucial para diferenciarlo de otros documentos y establecer sus efectos legales. Sin esta mención, el documento no será válido como pagaré.

  • Firma del suscriptor: Es fundamental para validar el compromiso de pago. Sin la firma, el pagaré no tiene validez legal.

Otros aspectos importantes

  • Pago de intereses: Se pueden acordar intereses moratorios si el suscriptor no cumple con el pago en la fecha estipulada. Sin embargo, los intereses no deben ser excesivos, ya que esto constituiría usura.

  • Formatos de pagaré: Los pagarés pueden ser válidos tanto en formatos impresos como escritos a mano, siempre que cumplan con los requisitos legales. También pueden ser emitidos mediante medios electrónicos.

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Obligaciones del suscriptor

La persona que firma el pagaré se compromete a pagar la cantidad especificada al beneficiario. Cualquier persona física o moral con capacidad legal puede suscribir un pagaré.

Además, una persona puede firmar un pagaré en nombre de otra siempre que tenga la representación legal adecuada. Si alguien firma sin tener la autoridad para hacerlo, se considerará responsable personalmente del pago.

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