/ martes 21 de marzo de 2023

¿Cuál es el último día para que te paguen las utilidades?

Se acerca el día para el pago de las utilidades, conoce cuál es la fecha límite

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recomienda a las empresas que la fecha en que deba pagarse las utilidades a sus colaboradores sea entre el primero de abril y el 30 de mayo, mientras que las personas físicas del primero de mayo al 29 de junio; sin embargo, el pago puede efectuarse dentro de los 60 días siguientes de haber presentado la declaración anual aun cuando esté en trámite.

El colaborador tiene plazo de un año, a partir del día siguiente en que se genere la obligación, para cobrar sus utilidades, esto sin importar si ya no trabaja en la empresa o si su contrato fue por obra o tiempo determinado. En caso de requerir asesoría puede acudir a la Profedet.

Te puede interesar: ¿Qué pasa si la empresa no me da utilidades? Cómo y dónde denunciar

Los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el cual a la fecha equivale al 10% de las utilidades netas.

Las utilidades son un derecho que tienen los trabajadores y que se establece en el artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual indica que: “todos los trabajadores que presten a una persona física o persona moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran”.

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En nuestro país, cada año llega el período de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades 2023 de las Empresas (PTU), también conocido como el reparto de utilidades; aunque, no todas las empresas cumplen y otorgan esta prestación obligatoria.

Es de precisar que el reparto de utilidades lo deben de dar las empresas cuyas utilidades fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal.

Y se exenta del reparto de utilidad a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, instituciones de asistencia privada o de beneficencia y empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recomienda a las empresas que la fecha en que deba pagarse las utilidades a sus colaboradores sea entre el primero de abril y el 30 de mayo, mientras que las personas físicas del primero de mayo al 29 de junio; sin embargo, el pago puede efectuarse dentro de los 60 días siguientes de haber presentado la declaración anual aun cuando esté en trámite.

El colaborador tiene plazo de un año, a partir del día siguiente en que se genere la obligación, para cobrar sus utilidades, esto sin importar si ya no trabaja en la empresa o si su contrato fue por obra o tiempo determinado. En caso de requerir asesoría puede acudir a la Profedet.

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Los trabajadores participarán en las utilidades del patrón de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el cual a la fecha equivale al 10% de las utilidades netas.

Las utilidades son un derecho que tienen los trabajadores y que se establece en el artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual indica que: “todos los trabajadores que presten a una persona física o persona moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran”.

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En nuestro país, cada año llega el período de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades 2023 de las Empresas (PTU), también conocido como el reparto de utilidades; aunque, no todas las empresas cumplen y otorgan esta prestación obligatoria.

Es de precisar que el reparto de utilidades lo deben de dar las empresas cuyas utilidades fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal.

Y se exenta del reparto de utilidad a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, instituciones de asistencia privada o de beneficencia y empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

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