Cuando se anunció que los adultos mayores comenzarían a recibir un apoyo económico mejor conocido como la “Pensión Bienestar”, muchas dudas comenzaron a surgir al respecto, en especial sobre quienes eran candidatos a este beneficio.
Una de las preguntas más comunes señalaba si era posible que las personas que ya recibían una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), pudieran estar dentro del programa.
La respuesta a dicho cuestionamiento es sí, ya que de acuerdo a la información señalada por el gobierno, se busca que todas y todos los ciudadanos mexicanos de la tercera edad tengan una vejez digna y con un fácil acceso a todos los servicios públicos.
Por lo anterior, es que te recordamos cuáles son los únicos requisitos para poder ser parte de la Pensión Bienestar:
- Identificación oficial (credencial de elector, pasaporte, cartilla, cédula profesional, credencial del Inapam o carta de identidad).
- Acta de nacimiento legible.
- Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (teléfono, luz, gas, agua o predial).
- Teléfono de contacto para dar seguimiento a tu trámite.
- Clave Única de Registro de Población (CURP)
- Para las personas adultas mayores indígenas documento que demuestre residencia en alguno de los municipios catalogados como pueblos indígenas
Es importante mencionar que el último proceso de inscripción se llevó a cabo durante los días del 18 al 30 de abril del presente año, por lo cual será necesario que aquellos que no pudieron inscribirse esperen a que la Secretaría del Bienestar anuncie nuevas fechas para realizar el trámite.
¿QUÉ ES LA PENSIÓN BIENESTAR?
Consiste en la entrega de un apoyo económico bimestral de 3 mil 850 pesos. El programa atiende a todos los adultos mayores de 68 años de todo el país, y a los adultos mayores de 65 años que viven en los municipios integrantes de pueblos indígenas.
Con información de Noticias del Sol de la Laguna