“La regulación de productos agroquímicos que se lleva en toda la República es por parte de Cofepris, nosotros somos meramente administrativos y lo que buscamos es que se realice un uso responsable de estos productos, por lo que existe un tabulador de usos, así como una serie de protocolos para su implementación”, informó el ingeniero Refugio Mingura Arias, responsable del área de ecología de Semarnat, delegación Chihuahua.
Esto como precisión ante la misiva emitida por el Consejo Estatal Agropecuario de Chihuahua, en donde solicitaban a la Secretaría que permitiera el uso de herbicidas que tuvieran como base el glifosato.
¿Cuál es su papel en la regulación del uso de estos agroquímicos?
“Nosotros no hacemos vigilancia o supervisión, porque no somos el órgano realmente correspondido, nosotros somos normativos nada más; ya si en el uso o aplicación hay inconsistencias, la regulación de productos agroquímicos que se lleva en toda la República es por parte de Cofepris”.
Esta dependencia deberá determinar si el uso es apropiado o no, además si está infringiendo las restricciones de uso de químicos en el sector primario.
¿Cuál sería la causa técnica para restringir el uso de químicos con esta base?
“Muchos agroquímicos pueden tener la característica de persistencia, esto quiere decir que al final de cuentas, esta persistencia puede llegar a tener una duración entre los 10 y 100 años, dependiendo del tipo de producto; es normal que en los glifosatos se dé esto, y son productos muy tóxicos”.
Ante este riesgo, el funcionario especificó que estos químicos cuentan con una serie de permisos especiales, tanto para su fabricación en áreas específicas, como para su implementación en el campo.
¿Cómo es el manejo de los permisos para el uso de estos químicos?
“Estos permisos no los otorga la Semarnat, se adquieren directamente del sector salud, a través de las comisiones estatales para la prevenciones de riesgos sanitarios (Coespris) o las delegaciones federales (Cofepris); normalmente el uso de esos productos es a través de un número de registro, para ser rastreados en casas comerciales”.
Este número permite saber, a través del fabricante, en qué distribuidora fue autorizada su venta y quién fue el que adquirió el producto, así como la temporada, las cantidades y una serie de normas más de uso.
¿Qué pasa si algún productor o empresa está utilizando estos productos sin alguna regulación?
“Cuando se detecta el uso de estos productos, se tiene que verificar en el manual de plaguicidas, fertilizantes y productos agroquímicos, que se edita cada año, por parte de Sagarpa; y se determina cuál de estos productos se permite, porque hay algunos que están restringidos, otros prohibidos y otros permitidos”.
Lo anterior se puede regular conociendo el ingrediente activo del producto, según señaló el ingeniero, que si bien es para regulación de plagas, dependerá de las cantidades y de su colocación en el manual, se restringirá o se permitirá su uso según las especificaciones.
En cuestión de sanciones, ¿cuál puede ser la medida a tomar por el mal uso de estos productos?
“El sector Salud y la Profepa hacen la visita de inspección y si se detecta una distribución indebida de este producto, digamos un artículo restringido, prohibido o confiscado, y todavía estaba en venta al público, la sanciones pueden ser administrativas, económicas, clausura e inspección de los clientes en el distrito de riego”.
No obstante, esta regulación no es por parte de Semarnat, aclaró Mingura Arias, ya que en dicho caso, quien actúa como autoridad de esta secretaría es la misma Cofepris, al llevar a cabo las sanciones.
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