¡Qué no te bloqueen tu cuenta de banco! IMEF recomienda buscar asesoría para evitarlo

Lo anterior luego de que se diera a conocer que a partir del mes de noviembre 2024, el SAT comenzaría a bloquear las cuentas de los usuarios con irregularidades

Karina Rodríguez / El Heraldo de Chihuahua

  · sábado 9 de noviembre de 2024

Foto: Towfiqu Barbhuiya / Pexels.com

Aquellos que no estén en regla, deberán estar alertas y buscar asesoría para regularizarse a la brevedad con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para evitar pasar las fiestas decembrina con las cuentas congeladas, indicó Eduardo Turati, del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) Chihuahua.

Lo anterior luego de que se diera a conocer que a partir del mes de noviembre 2024, el SAT comenzaría a bloquear las cuentas de los usuarios con irregularidades.

Turati explicó que el SAT siempre ha tenido la facultad de congelar cuentas cuando encuentre faltas en la presentación de declaraciones o discrepancias en lo que ha declarado, es decir, no es un tema desconocido por las empresas o empresarios.

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El SAT informó a los contribuyentes con adeudos, que pueden regularizar su situación fiscal a través de una serie de facilidades de pago, las cuales pueden ser hasta en 36 parcialidades y una reducción de hasta 100% de la multa.

Esto es, las personas físicas y morales que presenten adeudos determinados por la autoridad o con adeudos autodeterminados (declaraciones), pueden solicitar un pago a plazos, la reducción de la multa y tasa de recargos.

En el pago a plazos, el contribuyente puede elegir entre dos modalidades: pago en parcialidades o pago diferido.

Como cada caso es particular, se invitó a los contribuyentes a programar una cita en citas.sat.gob.mx, dar clic en registrar cita, elegir la opción “Adeudos y multas” y acudir a las oficinas e la fecha y hora elegida para conocer el monto de su adeudo y las facilidades de pago a las que son candidatos, así como el paso a paso para ser beneficiario.

La inmovilización de cuentas bancarias se realiza cuando tienes adeudos fiscales notificados que no has pagado, o bien que no interpusiste un medio de defensa; que el medio de defensa interpuesto ha concluido a favor del SAT; que el adeudo fiscal no está garantizado o está garantizado de forma insuficiente.

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Dicha inmovilización se realiza hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución), detalló el SAT.

Para evitar que el Servicio de Administración Tributaria inmovilice las cuentas bancarias, es necesario pagar los adeudos fiscales que se te notifique, o en el caso de que interpongas un medio de defensa, garantízalos de forma suficiente.

Para conocer la razón por la cual se inmovilizó las cuentas bancarias, se recomendó acudir a las oficinas del SAT más cercanas a tu domicilio fiscal, para que te informen si la causa de la inmovilización es porque tienes a cargo adeudos fiscales pendientes de pago o que no has garantizado.