El Instituto Nacional Electoral emitió de nueva cuenta la convocatoria para definir a la nueva consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral (IEE) luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenara que el puesto sea ocupado por una mujer en acatamiento a los principios de la paridad de género.
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Las ciudadanas que hayan solicitado su registro en el proceso de selección y designación de Consejeras o Consejeros anterior, aprobado mediante Acuerdo INE/CG420/2021 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, podrán solicitar su registro como aspirantes a la presidencia de nueva cuenta, mediante el formato que les será remitido vía correo electrónico, en el cual deberán manifestar su intención de participación.
Por el contrario, las mujeres que se inscriban en la presente Convocatoria para la Presidencia y no hayan solicitado su registro antes del día 21 de mayo del presente año, no podrán participar para ser consideradas para el cargo de Consejeras Electorales.
Entre los requisitos se encuentra tener más de 30 años cumplidos al día de la designación; poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura; gozar de buena reputación y no haber sido condenada por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial y ser originaria de la entidad.
No haber sido registrada como candidata ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación; no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político en los cuatro años anteriores a la designación; no estar inhabilitada para ejercer cargos públicos en cualquier institución.
No haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del gobierno de la Federación como de las entidades federativas, ni Subsecretaria u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno.
No ser Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, ni Gobernadora, ni Secretaria de Gobierno o su equivalente a nivel local. No ser Presidenta Municipal, Síndica, Regidora o titular de dependencia de los Ayuntamientos; y no haber sido designada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral como Consejera Presidenta ni Consejera Electoral del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua o de cualquier otra entidad federativa.
Tampoco se admitirán a quienes hayan sido condenadas o sancionadas mediante Resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público. Así como por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
No ser persona inscrita o tener registro vigente como persona deudora alimentaria morosa, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda ante las instancias que así correspondan.