Tras darse a conocer que en el proceso electoral 2021 se implementarán las candidaturas indígenas, éstas no alterarán el número de diputados en el Congreso del Estado, tal y como se propuso desde ese mismo congreso en meses anteriores.
En la propuesta inicial presentada por la bancada de Movimiento Ciudadano se contemplaba que aparte de los 33 diputados ya existentes, se incluyera la figura de diputado indígena, el cual sería el número 34 y contaría con los mismos derechos y obligaciones que los otros legisladores.
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Esto se da luego de que el Tribunal Estatal Electoral ordenó al Congreso del Estado adecuar la normatividad electoral para incluir las representaciones indígenas en los procesos electorales, así como la realización de consultas en los pueblos y comunidades indígenas en torno a la toma de decisiones en las políticas públicas que puedan afectar sus territorios, usos y costumbres o cualquier situación relacionada con las comunidades étnicas.
El consejero Gerardo Macías explicó que ante dicho ordenamiento, se instituyó una mesa interinstitucional para analizar la representación política de las comunidades indígenas, sin embargo los avances que se tenían se vieron suspendidos por la contingencia sanitaria.
Detalló que por ejemplo se realizaría una consulta, misma que tuvo que ser suspendida, asimismo las iniciativas y que pudieran aprobarse actualmente en el Congreso del Estado no entrarían en vigor para el proceso electoral entrante, esto debido a los tiempos que se manejan dentro de la ley en materia electoral.
Por ese motivo el Instituto Estatal Electoral, está facultado para realizar acciones afirmativas, es decir, medidas que garanticen a estas comunidades étnicas tener una participación y una representación política para este proceso.
En este sentido la vocera del IEE, Oksana Volchanskaya, explicó que la Ley Electoral para el Estado de Chihuahua no tiene contenido de reglas específicas en el tema, es por eso es que el IEE se ve obligado a crear una norma específica y temporal, para suplir la deficiencia legislativa.
Agregó que en esta entidad no existe una norma que haya dictado el Legislativo, que les garantice a los pueblos su participación y representación política ante el estado, por eso es que la sentencia del Tribunal Estatal Electoral le dicta al Organismo Público Local Electoral que dicte acciones afirmativas exclusivamente para este proceso electoral, mientras el Congreso del Estado logra legislar.