Uno de los últimos dictámenes que aprobó el Congreso del Estado previo a concluir con el periodo ordinario de sesiones fue el modificar el Código Penal del Estado en materia de extorsión, por lo que, a fin de cumplir con la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación, redujo de 30 a cinco años de prisión la pena.
Lo anterior, debido a que, desde el 2014, la entidad mantenía una sentencia mayor al resto de los estados, pues con el incremento en la pena se buscaba reducir el índice de este delito; sin embargo, solicitaron modificar dicha ley a fin de eliminar la desproporcionalidad en las penas.
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Pese a ello, los legisladores locales modificaron otra serie de lineamientos a fin de garantizar la protección de toda la población respecto a este tipo de faltas, razón por la cual, principalmente, se integró como un “Delito Pluriofensivo”, en lugar de ser considerado como un “Delito contra la paz, la seguridad de las personas y la inviolabilidad del domicilio”.
Algunas de las nuevas deliberaciones integradas fueron el aumentar la pena cuando la extorsión se cometa en contra de personas con discapacidad, migrante, menor de edad, de setenta años, indígena o mujer embarazada; así como cuando los que cometen el delito ostentan pertenecer a un grupo criminal.
Cabe señalar que los legisladores resaltaron la importancia de hacer las adecuaciones necesarias a fin de evitar que quienes ya fueron sentenciados salgan de la cárcel bajo un amparo tras la resolución emitida por la SCJN.
Reducen pena de extorsión de 30 a 5 años
Los diputados del Congreso del Estado aprobaron reducir las penas de 30 a cinco años de prisión como mínima para el delito de extorsión, ante la necesidad de cumplir con la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que consideró que el estado de Chihuahua mantenía una pena desproporcionada en este delito.
Con esta reforma al Código Penal del Estado de Chihuahua, los legisladores locales aprobaron derogar el Artículo 204 bis, para que quede sin efectos, y en su caso, para que pueda seguir aplicándose una sanción por el delito de extorsión, se creó el Artículo 375, en el que se encuadra este delito y el comportamiento sancionador de acuerdo a la ley.
El nuevo artículo contempla una reducción en la pena de la extorsión, al pasar de una mínima de 30 a cinco años, y una máxima de 70 a 30 años, lo que se había contemplado desde el año 2014, que fue el momento en que se realizó la última reforma al mismo delito para incrementar las penas, bajo el objetivo de reducir la incidencia delictiva en el estado.
A partir de la aprobación, el Artículo 375 quedará redactado de esta manera: “A quien, por cualquier conducto, con ánimo de obtener un lucro o provecho, distinto a los establecidos para el delito de amenazas; coaccione, amedrente o amenace a otro con causar daños morales, físicos o patrimoniales, que afecten al amedrentado o a persona física o moral con quien éste tuviera vínculo de cualquier orden, que lo determinen a protegerla se le impondrán de cinco a treinta años de prisión y de cien a ochocientos días multa”.
De igual forma, en la reforma se contempló realizar el traslado de capítulo del delito, para que pasara del Título Décimo Segundo, correspondiente a los “Delitos contra la paz, la seguridad de las personas y la inviolabilidad del domicilio” a quedar formalmente establecido en el Título Trigésimo Primero de los “Delitos Pluriofensivos”.
De acuerdo con el dictamen, el delito de extorsión puede recibir una pena "elevada" de entre cinco y 30 años. Aunque esto podría parecer mayor que la pena máxima de 25 años por homicidio, es importante considerar que estos delitos se encuentran en capítulos diferentes y buscan sancionar aspectos jurídicos distintos.
Algo novedoso que contempla la reforma aprobada por los diputados del Congreso del Estado, para el incremento de la pena, es que ésta aumenta cuando se cometa en contra de persona con discapacidad, migrante, menor de edad, adulto mayor de setenta años, indígena o mujer embarazada, ya que anteriormente sólo contemplaba adultos mayores y menores de edad.
Asimismo se incluyó que para las personas que cometan el delito, y aun se ostente, por cualquier o medio, como integrante de una asociación delictuosa o grupo criminal, real o ficticio, se incrementa la pena, toda vez que con el paso de los años, se han continuado generando este tipo de extorsiones, pero por la vía telefónica de supuestos grupos criminales.
Sobre esta reforma, la presidenta del Congreso del Estado, Adriana Terrazas Porras, consideró necesaria la modificación al Código Penal del Estado a fin de cumplir con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y con ello evitar que quienes ya fueron sentenciados salgan de la cárcel bajo un amparo, dañando así la estabilidad emocional y el patrimonio de las familias chihuahuenses.
Informó que tan sólo en Ciudad Juárez existen 190 acusados por el delito de extorsión, y quienes aseguró podrían salir libres al ser juzgados con una pena que se considera desproporcionada de acuerdo a la acción de inconstitucionalidad decretada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 1 de junio cuando consideró excesiva la sanción de 30 a 70 años de prisión.
En su discurso la legisladora expuso la necesidad y obligación del Congreso del Estado de Chihuahua para realizar una adecuación a la norma bajo el principio de proporcionalidad modificando el delito de extorsión a delito pluriofensivo, y su pena se modifica también para evitar que la acción de inconstitucionalidad los alcance y los acusados puedan salir en libertad.