Por unanimidad de votos el Ayuntamiento de Chihuahua aprobó la integración del Comité de Obras Públicas y Servicios así como el Manual de Integración, Funcionamiento, Disposiciones, Políticas, Criterios y Lineamientos del Comité de Obras Públicas y Servicios.
Las funciones del comité son las siguientes: emitir las convocatorias de las licitaciones públicas y las invitaciones a cuando menos tres contratistas; revisar desde el punto de vista formal y, en su caso, expedir las bases de las licitaciones públicas y las invitaciones a cuando menos tres contratistas.
Dichos procedimientos debidamente firmados de forma conjunta con el área requirente; autorizar las órdenes del día de las sesiones y el calendario de las mismas; convocar a los integrantes del Comité a las sesiones; presidir y coordinar los actos y sesiones del Comité, dirigir los debates y conservar el debido orden durante su desarrollo.
Emitir su voto respecto de los asuntos que se sometan a consideración y, en caso de empate, emitir voto de calidad, someter a consideración del Comité la cancelación de los procedimientos respectivos, excepto en el caso previsto en el artículo 21 del Reglamento, en el que procede por disposición reglamentaria la cancelación del procedimiento de oficio.
Así como cuidar que los acuerdos del Comité se asienten con la numeración respectiva en los formatos correspondientes y se levante el acta de cada una de las reuniones, vigilando que el archivo de documentos esté completo y en orden, cuidando su conservación por el tiempo mínimo que marca la Ley de referencia; designación del Secretario Técnico del Comité para el mejor desempeño de sus funciones; de no hacerlo, ejercerá las facultades previstas en la fracción VI del artículo a través del personal que estime pertinente.