/ viernes 5 de julio de 2024

Caso de mujer que falleció tras cirugía estética: ¿qué sanciones enfrenta médico sin especialidad?

Además, el responsable del establecimiento donde se practicó la intervención también tendrá responsabilidad, esto de acuerdo con la Ley General de Salud

El médico que practicó la abdominoplastia y liposucción a la paciente D. I., de 45 años, sin tener los conocimientos necesarios deberá ser sancionado por no contar con el título profesional, legalmente expedido y registrado. Además de que el responsable del establecimiento donde se practicó la intervención también tendrá responsabilidad.

Lo anterior de acuerdo a la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica, donde se asienta que el responsable sanitario del centro es quien debe asegurar la oportunidad y eficiente prestación de los servicios que el establecimiento ofrezca, sin embargo no se percató de que el médico general realizaría una intervención quirúrgica para la cual no contaba con los conocimientos necesarios.

En el caso del Centro Médico Colón no se contaba con el responsable sanitario en varias de las áreas de atención. Cada responsable debe contar con título, certificado o diploma, que según el caso, que haga constar los conocimientos respectivos en el área de que se trate.

Foto: Pablo Rodríguez / El Heraldo de Chihuahua

Este caso se ventiló hace algunos días tras el deceso de una paciente de 45 años de edad, quien se sometió a un procedimiento quirúrgico con fines estéticos.

El reglamento de la ley considera que los establecimientos para la atención médica incluyen a los servicios de atención odontológica, salud mental de las personas; auxiliares de diagnóstico y tratamiento; unidades móviles como ambulancia de cuidados intensivos, ambulancia de urgencias y ambulancia de transporte.

El mismo reglamento de la ley asienta que no podrá ser contratado por los establecimientos de atención médica, ni por los profesionales que en forma independiente presten sus servicios, personal de las disciplinas para la salud que no esté debidamente autorizado por las autoridades educativas competentes.

En cuanto a la infraestructura se establece que deben de contar con recursos físicos, tecnológicos y equipamiento necesario, así como personal suficiente e idóneo.

Además es obligación del responsable del hospital, tener un registro actualizado de identificación de los médicos que en él presten sus servicios, mismo que deberá llevarse de conformidad con lo que señalen las normas oficiales mexicanas.

En el apartado para la prestación de servicios de cirugía estética o cosmética se establece que solo podrán realizar los procedimientos quienes cuentan con el título profesional y la cédula de especialidad, otorgada por una autoridad competente, en una rama quirúrgica de la medicina.

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Respecto a la unidad quirúrgica, la Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012 requiere como mínimo de un área de transferencia, vestidores para el personal del área de la salud masculino y femenino, pasillo de circulación blanca, sala de operaciones, área gris y locales para guarda de ropa y equipos.

Las paredes deben estar recubiertas de material de fácil limpieza que no tenga ranuras, orificios o poros donde se acumulen polvo y microorganismos. Nada de esto cumple el quirófano del Centro Médico Colón.

Se espera que en breve se dé a conocer la sanción administrativa por parte de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

Médico podría ser acusado de homicidio imprudencial: Abogado

De acuerdo al licenciado Alejandro Rojas, el médico responsable de la cirugía en donde murió una mujer de 45 años por fallas de órganos, podría ser acusado de homicidio imprudencial haciendo mención el especialista en leyes que derivado de una investigación, podrían determinar la sanción, pero que esta no sería de prisión preventiva por ser homicidio imprudencial.

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“En primer término se inicia una investigación por homicidio y entonces se va a delimitar cuales son las omisiones que cometió el médico, primero incluso si el médico tiene atribuciones para realizar ese tipo de intervenciones quirúrgicas”, dijo en entrevista.

Destacó que en caso de que si se comprueben omisiones por parte del médico, se deberá de analizar cuál es la técnica utilizada para llevar a cabo la cirugía y si dentro de las mismas, el médico cometió algunas omisiones,

Foto: Licenciado Alejandro Rojas

“Luego, determinar si las condiciones del lugar donde se realizaron tenía lo necesario para realizar esa intervención y, por lo que dice, la noticia pues no ocurre, pero la verdad esto lo único que llevaría de pena pues sería el tema de una omisión imprudencial”, aclaró.

Alejandro Rojas explicó que es muy difícil acreditar un dolo por parte del presunto responsable, en este caso el médico que realizó la cirugía, destacando que eso aumentaría la pena sustancialmente, pero quedaría en un delito de carácter imprudencial u homicidio imprudencial.

“Y el debate está en el análisis que hacen otros médicos para determinar la muerte, es decir, cuando esta paciente, tenemos que analizar si el doctor cometió algo que se dice mala praxis y en la mayoría de los casos, termina siendo un homicidio imprudencial, es muy raro pensar que un doctor comete este delito de manera dolosa”, comentó.

Fue a finales del mes de junio, cuando se dio a conocer que una mujer e 45 años de edad, identificada como Dora, murió tras someterse a un par de cirugías en una institución médica denominada “Clínica Colón”, donde tras una serie de complicaciones, fue trasladada de urgencias al hospital central y ahí murió.

Tras esto, la Coespris determinó clausurar el área del quirófano y de hospitalización de dicha clínica, por incumplir con ciertos permisos.

Con información de: Federico Martínez / El Heraldo de Chihuahua

El médico que practicó la abdominoplastia y liposucción a la paciente D. I., de 45 años, sin tener los conocimientos necesarios deberá ser sancionado por no contar con el título profesional, legalmente expedido y registrado. Además de que el responsable del establecimiento donde se practicó la intervención también tendrá responsabilidad.

Lo anterior de acuerdo a la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica, donde se asienta que el responsable sanitario del centro es quien debe asegurar la oportunidad y eficiente prestación de los servicios que el establecimiento ofrezca, sin embargo no se percató de que el médico general realizaría una intervención quirúrgica para la cual no contaba con los conocimientos necesarios.

En el caso del Centro Médico Colón no se contaba con el responsable sanitario en varias de las áreas de atención. Cada responsable debe contar con título, certificado o diploma, que según el caso, que haga constar los conocimientos respectivos en el área de que se trate.

Foto: Pablo Rodríguez / El Heraldo de Chihuahua

Este caso se ventiló hace algunos días tras el deceso de una paciente de 45 años de edad, quien se sometió a un procedimiento quirúrgico con fines estéticos.

El reglamento de la ley considera que los establecimientos para la atención médica incluyen a los servicios de atención odontológica, salud mental de las personas; auxiliares de diagnóstico y tratamiento; unidades móviles como ambulancia de cuidados intensivos, ambulancia de urgencias y ambulancia de transporte.

El mismo reglamento de la ley asienta que no podrá ser contratado por los establecimientos de atención médica, ni por los profesionales que en forma independiente presten sus servicios, personal de las disciplinas para la salud que no esté debidamente autorizado por las autoridades educativas competentes.

En cuanto a la infraestructura se establece que deben de contar con recursos físicos, tecnológicos y equipamiento necesario, así como personal suficiente e idóneo.

Además es obligación del responsable del hospital, tener un registro actualizado de identificación de los médicos que en él presten sus servicios, mismo que deberá llevarse de conformidad con lo que señalen las normas oficiales mexicanas.

En el apartado para la prestación de servicios de cirugía estética o cosmética se establece que solo podrán realizar los procedimientos quienes cuentan con el título profesional y la cédula de especialidad, otorgada por una autoridad competente, en una rama quirúrgica de la medicina.

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Respecto a la unidad quirúrgica, la Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012 requiere como mínimo de un área de transferencia, vestidores para el personal del área de la salud masculino y femenino, pasillo de circulación blanca, sala de operaciones, área gris y locales para guarda de ropa y equipos.

Las paredes deben estar recubiertas de material de fácil limpieza que no tenga ranuras, orificios o poros donde se acumulen polvo y microorganismos. Nada de esto cumple el quirófano del Centro Médico Colón.

Se espera que en breve se dé a conocer la sanción administrativa por parte de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

Médico podría ser acusado de homicidio imprudencial: Abogado

De acuerdo al licenciado Alejandro Rojas, el médico responsable de la cirugía en donde murió una mujer de 45 años por fallas de órganos, podría ser acusado de homicidio imprudencial haciendo mención el especialista en leyes que derivado de una investigación, podrían determinar la sanción, pero que esta no sería de prisión preventiva por ser homicidio imprudencial.

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“En primer término se inicia una investigación por homicidio y entonces se va a delimitar cuales son las omisiones que cometió el médico, primero incluso si el médico tiene atribuciones para realizar ese tipo de intervenciones quirúrgicas”, dijo en entrevista.

Destacó que en caso de que si se comprueben omisiones por parte del médico, se deberá de analizar cuál es la técnica utilizada para llevar a cabo la cirugía y si dentro de las mismas, el médico cometió algunas omisiones,

Foto: Licenciado Alejandro Rojas

“Luego, determinar si las condiciones del lugar donde se realizaron tenía lo necesario para realizar esa intervención y, por lo que dice, la noticia pues no ocurre, pero la verdad esto lo único que llevaría de pena pues sería el tema de una omisión imprudencial”, aclaró.

Alejandro Rojas explicó que es muy difícil acreditar un dolo por parte del presunto responsable, en este caso el médico que realizó la cirugía, destacando que eso aumentaría la pena sustancialmente, pero quedaría en un delito de carácter imprudencial u homicidio imprudencial.

“Y el debate está en el análisis que hacen otros médicos para determinar la muerte, es decir, cuando esta paciente, tenemos que analizar si el doctor cometió algo que se dice mala praxis y en la mayoría de los casos, termina siendo un homicidio imprudencial, es muy raro pensar que un doctor comete este delito de manera dolosa”, comentó.

Fue a finales del mes de junio, cuando se dio a conocer que una mujer e 45 años de edad, identificada como Dora, murió tras someterse a un par de cirugías en una institución médica denominada “Clínica Colón”, donde tras una serie de complicaciones, fue trasladada de urgencias al hospital central y ahí murió.

Tras esto, la Coespris determinó clausurar el área del quirófano y de hospitalización de dicha clínica, por incumplir con ciertos permisos.

Con información de: Federico Martínez / El Heraldo de Chihuahua

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