/ martes 28 de mayo de 2024

Código Penal de Chihuahua impide cumplir fallo sobre aborto: Gilberto Baeza

Un tribunal ordenó a la Secretaría de Salud brindar el servicio de aborto voluntario, hasta la semana 12.6 de embarazo

El titular de la Secretaría de Salud del Estado, Gilberto Baeza Mendoza, dio a conocer que la institución de Salud se encuentra imposibilitada para brindar el servicio de aborto voluntario, hasta la semana 12.6 de embarazo, debido a que, en el Código Penal del Estado de Chihuahua, el aborto está tipificado como delito .

Lo anterior, después de la resolución del Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación, que ordenó a la Secretaría de Salud del Estado, " difundir información e implementar servicios de interrupción del embarazo voluntario hasta la semana 12.6 de gestación" a quienes lo necesiten.

Dicha resolución, fue a raíz de tres amparos colectivos promovidos desde 2021, por organizaciones pro aborto, como "Marea Verde Chihuahua", la "Red de Aborto Seguro Chihuahua", "Morrxs Autonomxs", "ChEROS y "AbortistasMX".

Después del fallo, las organizaciones difundieron a través de un comunicado, la orden que señalaron, fue gracias al "enorme esfuerzo colectivo" desde 2021, que finalmente llevó al Tribunal Colegiado a reconocer que las autoridades de Chihuahua estaban "violando los derechos reproductivos de las mujeres... personas trans y no binarias del estado, al negarse a proporcionar servicios de aborto voluntario en sus hospitales y clínicas".

Las organizaciones enfatizaron que la negación al aborto seguro, es una violación Artículo 4° constitucional, que protege derecho humano a decidir si desean realizar el aborto.

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Sobre este tema, Baeza Mendoza señaló que la interrupción del embarazo en el estado de Chihuahua sigue siendo un delito, por lo que descartó que se pueda dar cumplimiento de momento y expresó que es el Congreso del Estado, quien debe "determinar y concluir el tema", pero de momento, la Secretaría de Salud se encuentra atada de manos.

Por lo anterior, es necesario que exista una reforma en el Congreso del Estado, que permita despenalizar la interrupción del embarazo, para de esta forma, cumplir el ordenamiento de los jueces federales.

Expuso que por ahora, la sentencia se contrapone con el Código Penal Vigente en el Estado de Chihuahua, por lo que garantizar el aborto significaría ir en contra de dicha Ley.

Explicó que los abortos no pueden llevarse en los términos que establece la sentencia, aunque existen otros casos en los que se ha dado cumplimiento siempre y cuando existan las especificaciones de la ley en el estado.

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Dicho cumplimento, incluye brindar información y atención a grupos especiales, sobre el aborto, como establece en el Artículo 143, que señala que la interrupción del embarazo, está permitida en aquellos casos de violación sexual, en los primeros 90 días de gestación, así como sin consentimiento de inseminación.

El titular de la Secretaría de Salud del Estado, Gilberto Baeza Mendoza, dio a conocer que la institución de Salud se encuentra imposibilitada para brindar el servicio de aborto voluntario, hasta la semana 12.6 de embarazo, debido a que, en el Código Penal del Estado de Chihuahua, el aborto está tipificado como delito .

Lo anterior, después de la resolución del Tribunal Colegiado del Poder Judicial de la Federación, que ordenó a la Secretaría de Salud del Estado, " difundir información e implementar servicios de interrupción del embarazo voluntario hasta la semana 12.6 de gestación" a quienes lo necesiten.

Dicha resolución, fue a raíz de tres amparos colectivos promovidos desde 2021, por organizaciones pro aborto, como "Marea Verde Chihuahua", la "Red de Aborto Seguro Chihuahua", "Morrxs Autonomxs", "ChEROS y "AbortistasMX".

Después del fallo, las organizaciones difundieron a través de un comunicado, la orden que señalaron, fue gracias al "enorme esfuerzo colectivo" desde 2021, que finalmente llevó al Tribunal Colegiado a reconocer que las autoridades de Chihuahua estaban "violando los derechos reproductivos de las mujeres... personas trans y no binarias del estado, al negarse a proporcionar servicios de aborto voluntario en sus hospitales y clínicas".

Las organizaciones enfatizaron que la negación al aborto seguro, es una violación Artículo 4° constitucional, que protege derecho humano a decidir si desean realizar el aborto.

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Sobre este tema, Baeza Mendoza señaló que la interrupción del embarazo en el estado de Chihuahua sigue siendo un delito, por lo que descartó que se pueda dar cumplimiento de momento y expresó que es el Congreso del Estado, quien debe "determinar y concluir el tema", pero de momento, la Secretaría de Salud se encuentra atada de manos.

Por lo anterior, es necesario que exista una reforma en el Congreso del Estado, que permita despenalizar la interrupción del embarazo, para de esta forma, cumplir el ordenamiento de los jueces federales.

Expuso que por ahora, la sentencia se contrapone con el Código Penal Vigente en el Estado de Chihuahua, por lo que garantizar el aborto significaría ir en contra de dicha Ley.

Explicó que los abortos no pueden llevarse en los términos que establece la sentencia, aunque existen otros casos en los que se ha dado cumplimiento siempre y cuando existan las especificaciones de la ley en el estado.

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Dicho cumplimento, incluye brindar información y atención a grupos especiales, sobre el aborto, como establece en el Artículo 143, que señala que la interrupción del embarazo, está permitida en aquellos casos de violación sexual, en los primeros 90 días de gestación, así como sin consentimiento de inseminación.

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