La Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción, publicó este 15 de febrero la convocatoria para formar parte de dicho comité del Estado de Chihuahua.
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Desde este momento ya puedes comenzar con la recepción de documentos, esto hasta el día 1ro de marzo, y puedes presentarlas de manera digital mandando todos lo necesario al correo electrónico seleccioncpc2023@gmail.com o bien puedes ir a en cualquier oficina de Recaudación de Rentas del Estado, en su correspondiente horario de atención al público.
Por medio de un comunicado, la Comisión detalló que el proceso será minucioso, y que se harán entrevistas realizadas por los integrantes de la comisión seleccionadora.
Esto para que el lunes 13 de marzo, se designe quien se incorpore al Comité de Participación Ciudadana y que formarán parte del mismo por cinco años.
Esto pues la Comisión tiene como propósito emitir una convocatoria y poder hacer una consulta pública dirigida a la sociedad en general, con el fin de que haya postulantes aspirantes a ocupar el cargo en el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción.
Si estás interesado en participar de esta convocatoria, puedes entrar a la siguiente página https://www.comisionseachihuahua.mx/ donde encontrarás los formatos de los documentos que debes enviar.
Estos son los requisitos para formar parte del Comité de Participación Ciudadana del estado de Chihuahua:
1. Poseer la ciudadanía mexicana y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos.
2. Tener más de 30 años de edad.
3. Tener título profesional de nivel licenciatura al día de la designación y contar con los conocimientos y experiencia relacionados con la materia de esta Convocatoria.
4. Gozar de buena reputación y no haber recibido condena por algún delito doloso.
5. Presentar su declaración de inexistencia de conflicto de interés, así como la patrimonial y la fiscal, de forma previa a su nombramiento.
6. No haber sido registrado como candidato propietario o suplente por ambos principios, en el proceso electoral inmediato anterior al de su designación.
7. No desempeñar ni haber desempeñado un cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político durante los 3 años anteriores a la designación.
8. No ser titular de alguna de las dependencias o entidades de cualquier orden de gobierno, del Poder Judicial, ocupar alguna magistratura, o fungir como integrante del Consejo de la Judicatura, a menos que se haya separado de su cargo un año antes del día de su designación.