/ martes 28 de febrero de 2023

Criterios para exonerar a Gutiérrez deben usarse para liberar a César D: Abogado

De acuerdo al abogado del exgobernador, su cliente enfrenta condiciones parecidas a las que llevaron a la liberación de Alejandro Gutiérrez

Juan Carlos Mendoza, abogado defensor del exgobernador César Horacio D.J. informó que la resolución que exoneró de las acusaciones al empresario Alejandro Gutiérrez, es una muestra de las inconsistencias que se han presentado en los casos jurídicos emprendidos durante la pasada administración encabezada por Javier Corral.

El jurista señaló que al analizar a fondo el documento del caso de Alejandro Gutiérrez, el colegiado que lo integró, señaló varias violaciones al debido proceso, así como irregularidades, las cuales, aseguró que se repiten en el caso de su cliente César D.J.

Por lo anterior, adelantó que tomando en cuenta ese antecedente, su cliente también podrá quedar en libertad en breve, pues la situación de las irregularidades es similar en ambos casos.

“En la sentencia del licenciado Gutiérrez, una similitud muy importante en cuanto a que la calidad de testigos protegidos o bien, de identidad reservada son violaciones que el tribunal colegiado las señala como violaciones al debido proceso, por una excesiva y desproporcional aplicación de esta figura por parte del Ministerio Público”, dijo.

Destacó que incluso, en el caso de César Horacio D.J. no se ha recibido todavía la revelación de identidad, la cual ya se tuvo que haber recibido y que se está solicitando de nueva cuenta, puesto que la identidad reservada sólo se puede sostener hasta el momento de la acusación, es decir, los tiempos lo marcan previo a la etapa intermedia, por lo que, en este momento, ya se tenía que haber recibido el listado de las personas que mantienen con identidad reservada.

Manifestó que la reserva de identidad, está contemplada en la ley sólo para las víctimas de los delitos y no para las personas que sean consideradas como coautores o coimputados en un proceso penal, es decir, de ser el caso, estarían violando el uso de la figura de la reserva de identidad.

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“También una ilegalidad al valorar los testimonios vertidos por los coimputados favorecidos por un criterio de oportunidad; en el criterio de oportunidad pierde la credibilidad como testigo, alguien que está sujeto a un proceso penal, cuando señala a alguien más, porque ello lo libera de una responsabilidad para con el estado, porque al hablar de otras personas, se libera así mismo, de tal manera que se pierde toda credibilidad”, puntualizó Juan Carlos Mendoza.

Adelantó que los criterios, tanto por la violación del debido proceso, como por la ilegalidad en el uso de la figura de identidad reservada, son elementos que el tribunal colegiado utilizó, entre otros, para desacreditar los dichos del Ministerio Público y por ende, la probable responsabilidad de Alejandro Gutiérrez, por lo que en su momento dichos criterios deberán de aplicar para el caso de ex mandatario César D.J.

Juan Carlos Mendoza, abogado defensor del exgobernador César Horacio D.J. informó que la resolución que exoneró de las acusaciones al empresario Alejandro Gutiérrez, es una muestra de las inconsistencias que se han presentado en los casos jurídicos emprendidos durante la pasada administración encabezada por Javier Corral.

El jurista señaló que al analizar a fondo el documento del caso de Alejandro Gutiérrez, el colegiado que lo integró, señaló varias violaciones al debido proceso, así como irregularidades, las cuales, aseguró que se repiten en el caso de su cliente César D.J.

Por lo anterior, adelantó que tomando en cuenta ese antecedente, su cliente también podrá quedar en libertad en breve, pues la situación de las irregularidades es similar en ambos casos.

“En la sentencia del licenciado Gutiérrez, una similitud muy importante en cuanto a que la calidad de testigos protegidos o bien, de identidad reservada son violaciones que el tribunal colegiado las señala como violaciones al debido proceso, por una excesiva y desproporcional aplicación de esta figura por parte del Ministerio Público”, dijo.

Destacó que incluso, en el caso de César Horacio D.J. no se ha recibido todavía la revelación de identidad, la cual ya se tuvo que haber recibido y que se está solicitando de nueva cuenta, puesto que la identidad reservada sólo se puede sostener hasta el momento de la acusación, es decir, los tiempos lo marcan previo a la etapa intermedia, por lo que, en este momento, ya se tenía que haber recibido el listado de las personas que mantienen con identidad reservada.

Manifestó que la reserva de identidad, está contemplada en la ley sólo para las víctimas de los delitos y no para las personas que sean consideradas como coautores o coimputados en un proceso penal, es decir, de ser el caso, estarían violando el uso de la figura de la reserva de identidad.

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“También una ilegalidad al valorar los testimonios vertidos por los coimputados favorecidos por un criterio de oportunidad; en el criterio de oportunidad pierde la credibilidad como testigo, alguien que está sujeto a un proceso penal, cuando señala a alguien más, porque ello lo libera de una responsabilidad para con el estado, porque al hablar de otras personas, se libera así mismo, de tal manera que se pierde toda credibilidad”, puntualizó Juan Carlos Mendoza.

Adelantó que los criterios, tanto por la violación del debido proceso, como por la ilegalidad en el uso de la figura de identidad reservada, son elementos que el tribunal colegiado utilizó, entre otros, para desacreditar los dichos del Ministerio Público y por ende, la probable responsabilidad de Alejandro Gutiérrez, por lo que en su momento dichos criterios deberán de aplicar para el caso de ex mandatario César D.J.

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