Cumplió Chihuahua con representación indígena en proceso electoral

Lo anterior lo dio a conocer la doctora Celia Palacios, especialista en asuntos relacionados con la participación política de los pueblos indígenas

Fernando Reyes | El Heraldo de Chihuahua

  · viernes 20 de agosto de 2021

Horacio Chávez | El Heraldo de Chihuahua

Chihuahua dio cumplimiento a la sentencia del Tribunal Estatal Electoral con folio JDC-02/2020 sobre la representación de un integrante de pueblos originarios en la integración del Congreso del Estado, lo que se logró mediante las acciones afirmativas establecidas por el Instituto Estatal Electoral, ante la falta de una legislación que así lo determinara en la Ley Electoral, para el actual proceso electoral 2020-2021.

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Lo anterior lo dio a conocer la doctora Celia Palacios, especialista en asuntos relacionados con la participación política de los pueblos indígenas, durante una conferencia impartida en el Instituto Estatal Electoral, en donde recordó que para que el IEE pudiera realizar las acciones afirmativas sobre la obligatoriedad de que se postulara a candidatos indígenas en el Distrito local 22, se realizó un exhaustivo y profundo estudio de las dos últimas décadas para ver el crecimiento de la población y la representación indígena en cada una de las zonas de la entidad.

Explicó que tras varios estudios que se plasmaron en el censo 2020 para el estado de Chihuahua, se logró determinar que el 3.09 por ciento de la población mayor de 5 años habla alguna lengua indígena, mientras que tan sólo el 1.63 por ciento de la población en el estado, se considera afromexicana, negra o afrodecendiente.

Asimismo se informó que de la población que habla lenguas indígenas, el 10.70 por ciento no habla español, mientras que de las lenguas indígenas, la Tarahumara es la que más se habla con un 79 por ciento y en segundo lugar está la Tepehuana del Norte con un 8.9 por ciento.

Destacó que en el estado de Chihuahua existe un 11.17 por ciento de población que se autodescribe como indígena o afrodecendiente, cifra por la que se determinó que por lo menos el diputado perteneciente al Distrito 22, debería de ser de origen indígena y poder dar cobertura a esa representación en función del porcentaje de esa población.