Da INE a conocer a las reglas que regirán el periodo de intercamapaña

Durante este lapso, los aspirantes no podrán aparecer en ningún spot, debate o mesas redondas de radio o televisión

Ilse Gómez | El Heraldo de Chihuahua

  · jueves 18 de enero de 2024

Foto: Archivo | OEM

Luego de que este jueves se dio por concluido el periodo de precampaña para los cargos de elección popular en el ámbito federal, el Instituto Nacional Electoral (INE) compartió las reglas y lineamientos que regirán las intercamapañas, etapa que estará vigente del 19 de enero al 29 de febrero del presente año.

En ese tiempo, los partidos políticos tendrán oportunidad de resolver las posibles diferencias que se presenten respecto a la selección interna de los candidatos a los diferentes cargos de elección popular, así como permitirle a la autoridad electoral revisar el cumplimiento de los requisitos de las solicitudes de registro de las postulaciones.

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Durante este lapso, los aspirantes no podrán aparecer en ningún spot, debate o mesas redondas de radio o televisión, igualmente el contenido comicial de la propaganda comicial solo puede tener un carácter informativo.

En contraparte, sí está permitida la difusión de propaganda política que tenga como finalidad presentar la ideología, principios y valores de cada partido a fin de generar opiniones en favor de las ideas y creencias, así como invitar a la ciudadanía a formar del mismo para promover su participación en la ida democrática e incrementar el número de afiliados.

Igualmente, se permite la difusión de cuestionamientos o logros respecto a la actividad gubernamental, siempre y cuando no se mencione o identifique a algún candidato.

los medios de comunicación tendrán oportunidad de realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas postuladas con total respeto a la equidad y disposiciones sobre la compra de tiempo aire en la radio y televisión.

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Mientras que los precandidatos podrán asistir a reuniones privadas y en las que expongan temas generales y de interés público, siempre y cuando no llamen al voto ni se incurra en actos anticipados de campaña

En ese tenor, se considerarán actos anticipados de campaña durante este periodo cuando se colmen tres requisitos que son el elemento personal, el temporal y el subjetivo; es decir, cuando se presenten plataformas o las personas mismas promoviendo una candidatura en específico para obtener el sufragio de la ciudadanía.

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