/ lunes 8 de agosto de 2022

Desistimiento de Cortinas Murra vs Javier Corral es procedente conforme a la ley

Según el artículo 39 del Código de procedimientos civiles del Estado de Chihuahua, el desistimiento de la demanda de juicio político contra el exgobernador es procedente

El desistimiento de la demanda de juicio político interpuesta por el licenciado Gerardo Cortinas Murra en contra del ex gobernador, Javier Corral, si procedería según el artículo 39 del Código de procedimientos civiles del Estado de Chihuahua, el cual establece que el desistimiento de la demanda antes del emplazamiento produce efecto de que las cosas vuelvan al estado en que se tenían antes del proceso.

Lo anterior luego de que el ciudadano Cortinas Murra, acudiera ante el Congreso del Estado y presentará la solicitud del desistimiento, por lo que la comisión abordará el asunto en la próxima reunión que será este miércoles 11 de agosto.

La norma establecida en el CPCCH, aplica también para la ley de juicio político, por lo que la solicitud de Cortinas Murra, será aceptada, por lo que una vez que se formalice en comisión, se concluye con la demanda.

El Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua, establece:

“ARTÍCULO 39. Intentada la acción y fijados los puntos cuestionados, no podrán modificarse ni alterarse, salvo los casos en que la ley lo permita.

En el desistimiento de la demanda o de la acción, se tendrá en cuenta lo siguiente: I. El desistimiento de la demanda antes del emplazamiento produce el efecto de que las cosas vuelvan al estado que tenían antes del inicio del proceso y no obliga al que la hizo a pagar costas”.

Por su parte, el secretario de la citada comisión, Oscar Avitia Arellanes, detalló que es un derecho del ciudadano de retirar si es así su voluntad, la demanda, en este caso, de juicio político contra el ex mandatario chihuahuense.

Detalló Avitia Arellanes, que se convocó a los integrantes de la comisión para este miércoles, donde se analizará el desistimiento del licenciado, Cortinas Murra, para la formalidad del asunto.

Indicó que el artículo 39 de Código de Procedimiento Civiles del estado de Chihuahua, es supletoria de la ley de juicio político, pero que es una cuestión que se analizará más a detalle en la próxima reunión.

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Cabe mencionar que el pasado 1 de agosto, el abogado Gerardo Cortinas Murra interpuso una demanda de juicio político contra el ex mandatario Corral Jurado, por presunto incumplimiento en el plan de austeridad.

El día de ayer el abogado anunció que el próximo lunes interpondrá otra demanda de juicio político, por el adeudo millonario a Pensiones Civiles del Estado, mientras el mismo lunes presentará por incumplimiento del plan de austeridad, la denuncia administrativa ante la Secretaría de la Función Pública.

El desistimiento de la demanda de juicio político interpuesta por el licenciado Gerardo Cortinas Murra en contra del ex gobernador, Javier Corral, si procedería según el artículo 39 del Código de procedimientos civiles del Estado de Chihuahua, el cual establece que el desistimiento de la demanda antes del emplazamiento produce efecto de que las cosas vuelvan al estado en que se tenían antes del proceso.

Lo anterior luego de que el ciudadano Cortinas Murra, acudiera ante el Congreso del Estado y presentará la solicitud del desistimiento, por lo que la comisión abordará el asunto en la próxima reunión que será este miércoles 11 de agosto.

La norma establecida en el CPCCH, aplica también para la ley de juicio político, por lo que la solicitud de Cortinas Murra, será aceptada, por lo que una vez que se formalice en comisión, se concluye con la demanda.

El Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua, establece:

“ARTÍCULO 39. Intentada la acción y fijados los puntos cuestionados, no podrán modificarse ni alterarse, salvo los casos en que la ley lo permita.

En el desistimiento de la demanda o de la acción, se tendrá en cuenta lo siguiente: I. El desistimiento de la demanda antes del emplazamiento produce el efecto de que las cosas vuelvan al estado que tenían antes del inicio del proceso y no obliga al que la hizo a pagar costas”.

Por su parte, el secretario de la citada comisión, Oscar Avitia Arellanes, detalló que es un derecho del ciudadano de retirar si es así su voluntad, la demanda, en este caso, de juicio político contra el ex mandatario chihuahuense.

Detalló Avitia Arellanes, que se convocó a los integrantes de la comisión para este miércoles, donde se analizará el desistimiento del licenciado, Cortinas Murra, para la formalidad del asunto.

Indicó que el artículo 39 de Código de Procedimiento Civiles del estado de Chihuahua, es supletoria de la ley de juicio político, pero que es una cuestión que se analizará más a detalle en la próxima reunión.

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Cabe mencionar que el pasado 1 de agosto, el abogado Gerardo Cortinas Murra interpuso una demanda de juicio político contra el ex mandatario Corral Jurado, por presunto incumplimiento en el plan de austeridad.

El día de ayer el abogado anunció que el próximo lunes interpondrá otra demanda de juicio político, por el adeudo millonario a Pensiones Civiles del Estado, mientras el mismo lunes presentará por incumplimiento del plan de austeridad, la denuncia administrativa ante la Secretaría de la Función Pública.

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