Si en tu lista de propósitos de año nuevo tienes el viajar a lugares nuevos, este año será excelente para cumplir con ello, pues tenemos los días festivos oficiales, que son de descanso obligatorio y están marcados en la Ley Federal del Trabajo en el artículo 74.
Además, este año entra en vigor el aumento en los días de vacaciones, de 6 a 12, los cuales podrán ser continuos o fraccionados, por lo que, si tienes un año o más trabajando en la misma empresa, podrás acceder a ellas. Conoce cuáles son los días festivos de “puente” y qué pasa en caso de que tu centro de trabajo no te los otorgue.
También te puede interesar: ¡Por fin! Aprueban senadores aumentar vacaciones de 6 a 12 días
Días festivos de descanso obligatorio:
- Lunes 6 de febrero, por la conmemoración del 5 de febrero, día de la Constitución Mexicana.
- Lunes 20 de marzo, por el natalicio de Benito Juárez el 21 de marzo.
- Lunes 1 de mayo, por celebración del Día del Trabajo.
- Sábado 16 de septiembre, por la conmemoración del inicio de la Guerra de Independencia.
- Lunes 20 de noviembre, en conmemoración del comienzo de la Revolución Mexicana.
- Lunes 25 de diciembre, Navidad.
¿Qué pasa si te piden trabajar esos días?
Si en tu lugar de trabajo te piden o exigen laborar cualquiera de estos días marcados como descanso obligatorio, deberán pagarte tu salario diario más el doble de este, por ejemplo, si al día ganas $464.51, deberán pagarte $1,393.53 pesos.
En caso de que tu patrón no respete esto, puedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para obtener orientación gratuita al correo orientacionprofedet@stps.gob.mx
Días festivos que NO son de descanso obligatorio:
En estas fechas solo podrás descansar si tu lugar de trabajo te otorga el día libre y se te paga el día normal.
Jueves 6 de abril: Jueves Santo
Viernes 7 de abril: Viernes Santo
Viernes 5 de mayo: Batalla de Puebla
Jueves 12 de octubre: Día de la Raza
Jueves 2 de noviembre: Día de los Muertos
Martes 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe
Por otra parte, en el calendario escolar 2023 de la SEP, se indica que las vacaciones de Semana Santa serán de dos semanas, del 3 al 14 de abril. De igual forma se indican los días en que se suspenderán clases por el Consejo Técnico:
- 24 de febrero
- 31 de marzo
- 28 de abril
- 26 de mayo
- 30 de junio