El Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE) emitió una resolución clave en su más reciente sesión pública, donde abordó diversos Procedimientos Especiales Sancionadores, en los que se sancionó dos casos de violencia política y de género, así como un caso un caso de menores de edad.
Entre los casos destacados, se resolvió una denuncia contra Andrés Ramos de Anda, exalcalde de Ojinaga, presentada por una diputada local saliente, quien acusó actos de violencia política de género en su contra.
La denuncia señalaba que Ramos de Anda, mientras se desempeñaba como Presidente Municipal de Ojinaga, incurrió en conductas que buscaban menoscabar la labor de la diputada, representante de ese municipio. El TEE determinó que las acciones del exalcalde invisibilizaron los logros y actuaciones de la diputada, además de obstaculizar su trabajo, afectando su imagen ante la ciudadanía.
Los actos de violencia ocurrieron desde el inicio de la legislatura de la diputada hasta su conclusión, con el objetivo de minimizar su impacto en la vida política de la región.
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La Magistrada Presidenta del TEE, Roxana García Moreno, afirmó que las conductas de Ramos de Anda constituyeron violencia y discriminación, al vulnerar los derechos políticos y electorales de la diputada. “Es nuestra responsabilidad garantizar la igualdad de género y los derechos humanos, asegurando el desarrollo pleno de las mujeres en la vida política”, subrayó la magistrada.
El Pleno del Tribunal ordenó que Andrés Ramos de Anda emita una disculpa pública a la diputada afectada, además de inscribirse y aprobar cursos en línea sobre género, ofrecidos por el Instituto Nacional de las Mujeres. También deberá participar en grupos de reflexión sobre la violencia, coordinados por el Instituto Chihuahuense de las Mujeres.
En otro fallo destacado, el TEE resolvió un procedimiento presentado por una ciudadana trans, quien denunció actos de violencia política de género perpetrados por miembros del Partido México Republicano Chihuahua. La denunciante, que había sido candidata a diputada por el Distrito Local 03 en Ciudad Juárez, acusó la falta de apoyo por parte del partido durante su campaña.
El Tribunal encontró responsables de los hechos a Juan Carlos Hernández Mendoza, presidente de la Comisión Ejecutiva Estatal del partido, quien no proporcionó apoyo económico ni logístico a la candidata. El TEE concluyó que el partido solo cumplió con el requisito legal de postular a una persona de la diversidad sexual, sin asegurar que tuviera los recursos necesarios para competir en igualdad de condiciones.
Como sanción, Hernández Mendoza recibió una amonestación pública. Además, el Tribunal instruyó al partido a restituir los gastos de campaña de la denunciante y ordenó que la víctima continúe recibiendo apoyo psicológico y psicoterapéutico por parte del Instituto Chihuahuense de la Mujer.
El Tribunal también resolvió el expediente PES-499/2024, iniciado de oficio por el Instituto Estatal Electoral (IEE), contra Rogelio Loya Luna, candidato a la presidencia municipal de Ciudad Juárez, y los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD). En este caso, se denunció que, durante la campaña, se divulgaron imágenes de niñas y niños en redes sociales sin el debido cuidado, vulnerando el interés superior de los menores.
El TEE declaró la infracción como existente, imponiendo una amonestación pública a Loya Luna y a los partidos involucrados. Esta resolución refuerza la importancia de proteger la imagen y derechos de los menores en actividades públicas, especialmente en el ámbito electoral.
En conjunto, estas sentencias marcan un precedente importante para el tratamiento de la violencia política de género y la protección de los derechos de los menores en campañas electorales, con el TEE reafirmando su compromiso con la justicia y la igualdad en el proceso democrático