Del 2019 a febrero del 2022 un total de 4 mil 334 personas fueron violadas en el estado de Chihuahua, lo cual mantiene una tendencia a la alza, desde hace ocho años, pues en 2014 la estadística no superaba los mil casos anuales, y se contabilizaron 827 violaciones, de acuerdo al histórico compartido por la Dirección de Estadística Criminal.
A pesar de la alta incidencia en los delitos de violación en el estado, la Fiscalía General del Estado mantiene una tasa del 73.83% de casos resueltos, sin embargo el otro 26% restante sigue sin ser resuelto o las autoridades no han podido dar con los presuntos responsables de haber cometido estos hechos.
En la estadística se establece que en 2018 hubo un total de 904 personas violadas en el estado, posteriormente en 2019 la cifra se elevó a mil 329 casos, en 2020 se redujo en 21 casos menos, al registrar mil 308; 2020 ha sido el mayor en los últimos ocho años, con mil 597 violaciones, y en las primeras semanas del 2022 la estadística ya ronda los 100 casos.
El rango de edad de las personas que más sufren este tipo de delito van desde los 0 a los 11 años, donde en tres años se contabilizaron 925 casos, en segundo lugar se posiciona el rango de 18 a 29 años de edad, con 996 casos dentro del estado, y el que se coloca en primer lugar es el rango de 12 a 17 años de edad, con mil 406 casos cometidos en tres años.
Aunque pareciera que el delito se concentra en estas tres categorías, también hay registros de personas afectadas con edades que van de los 55 a 59 años de edad, con 30 casos en tres años, y de 60 a más años, donde la estadística del 2019 a la fecha suma 42 violaciones dentro de este rango de edad.
De acuerdo al promedio anual de violaciones en el estado de Chihuahua, mil 444 al año sufren este delito en la entidad, por lo cual se generan 120 casos al mes, lo que se traduce en 4 violaciones al día dentro de la entidad, según la cifra que atiende la Fiscalía General del Estado.
Los municipios que mantienen mayor estadística de este delito en el estado son Chihuahua con 550 a 700 casos al año, el municipio de Delicias con 50 a 70 violaciones al año; Cuauhtémoc con 40 a 80 casos anuales; Parral con 40 casos al año; Guachochi con 20 a 30 casos; Nuevo Casas Grandes con 17 a 30 violaciones y Bocoyna con 16 a 24 delitos anuales.
Otros municipios que tienen un menor número de víctimas de violación son Urique, que tiene entre 3 a 10 casos al año, seguido de Guerrero con 1 a 9 casos; Santa Bárbara con 2 a 6; Madera de 3 a 6 y Rosales con 1 a 5 casos, se acuerdo a las carpetas iniciadas en estos ayuntamientos desde el 2019 al 2022.
De igual forma por este tipo de delitos han sido detenidas por lo menos 3 mil 200 personas de 2019 a febrero del 2022, teniendo un promedio anual de detenciones de entre 900 a mil casos por año, lo que se traduce de 70 a 80 personas detenidas al mes por cometer este tipo de delitos dentro del estado.
En la ciudad de Chihuahua se han generado grandes casos donde los agresores sexuales buscan asechar a sus víctimas, como fue el caso de Fermín Alan M.F., quien desde el año 2018 estuvo violando a mujeres en sus vehículos y fue identificado como el “violador serial” tras haber al menos 8 casos donde lo habían identificado como el presunto responsable. Tuvo una acumulación de carpetas y pasará 62 años en prisión.
El Código Penal del Estado de Chihuahua dentro del apartado de Delitos Contra la Libertad y Seguridad Sexual y Normal Desarrollo Psicosexual, en el artículo 171, refiere que las personas a quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo se le impondrá prisión de ocho a veinte años y de seiscientos a mil días multa.
También se sancionará con las mismas penas a quien introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento, instrumento cualquier parte del cuerpo humano, distinto al pene, por medio de la violencia física o moral o sin el consentimiento de la víctima.
Y dentro del artículo 172 explica que se aplicarán de diez a treinta años de prisión a quien realice cópula con persona menor de catorce años de edad o con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; o introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano distinto del pene en una persona menor de catorce años de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo.
En el caso del abuso sexual, dentro del artículo 173 refiere que a quien sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual, la obligue a observarlo o la haga ejecutarlo, se le impondrán de seis meses a seis años de prisión y de cien a trescientos días multa.
A pesar de la alta reincidencia que mantienen los agresores sexuales y los posibles trastornos que han encontrado especialistas en estas personas que violentan la sexualidad de otras personas, no existe sentencia en la que se les obligue a atender la problemática desde el tema psicológico, sólo con pago de cárcel y reparación del daño.
Es de mencionar que aunque la Fiscalía General del Estado mantiene una estadística de violaciones en la entidad, conforme a las denuncias que presentan las personas afectadas, sin embargo, existe una “cifra negra” de personas que son víctimas del delito, pero que por diferentes motivos prefieren no interponer una denuncia, por lo cual las cifras podrían ser mayor a las que contempla la autoridad estatal.