/ viernes 14 de junio de 2024

Evidencia clave desestimada: así fue el crimen contra la familia Romero según las indagatorias

De acuerdo a la FGE, al retirar dos pruebas fundamentales, se logró absolver a Lisseth C. S. y Jorge Alberto C. C., quienes este miércoles salieron del Cereso 1

Algunas de las pruebas que entregó la Fiscalía General del Estado para el juicio oral en contra de Jorge Alberto C. A. fueron desestimadas por parte del Tribunal de Enjuiciamiento, quienes determinaron que no podrían ser tomadas en cuenta y que de lo contrario, deberían ser desestimadas dentro de este proceso penal.

De acuerdo a la Fiscalía General del Estado, al retirar dos pruebas fundamentales, se logró absolver a Lisseth C. S. y Jorge Alberto C. C., quienes el pasado miércoles salieron del Cereso 1 de Aquiles Serdán, tras no existir una responsabilidad jurídica en su contra y a pesar de haber permanecido casi seis años en prisión preventiva por estos hechos.

Durante este juicio oral que se llevó a cabo en contra de Jorge Alberto C. A. su pareja Lisseth y Jorge Alberto, se determinó que Jorge el enfermero, es el penalmente responsable de haber asesinado a cinco integrantes de la familia Romero Armendáriz en el 2018 y a su vez de determinó absolver a los dos restantes.

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Entre las pruebas que se desecharon el procedimiento penal, y que ya habían sido aprobadas en la formulación y vinculación a proceso por la causa penal 1614/2019, fueron algunas como las antenas de localización de los equipos móviles de los tres involucrados, así como algunos videos en los que se da cuenta de la presencia de los mismos.

Durante las investigaciones, se determinó que Jorge Alberto (enfermero) su hijo Jorge Alberto C.C. y su pareja Lisseth, aparecen en diferentes materiales circulando por la vivienda de la familia Romero, en la colonia Ampliación Universitaria y que tras haber dado varias vueltas en el domicilio, se muestra que al menos los dos adultos ingresaron a ese domicilio.

Foto: Archivo OEM

Sin embargo, en las pruebas, el Poder Judicial, decidió que no se acredita la participación de Lisseth y Jorge en el lugar de los hechos, a pesar de haber evidencia de geolocalización de las atenas de sus equipos móviles y videos en los que se muestra su participación cerca del domicilio de las víctimas.

De igual forma entre la información compartida en la audiencia de vinculación a proceso, en el mes de junio de 2019, se relató la forma en que ambos ingresaron al domicilio, se describió la posición que tomaron tanto Jorge como Lisseth y la forma en que dispararon a los cinco integrantes de la familia.

En la evidencia recabada por los agentes de la Fiscalía, se determinó que Rita y María ofrecieron café a sus asesinos, por lo que se dirigieron a la cocina para preparar las tazas. Mientras tanto, Daniel, Ricardo y Daniela se quedaron con otro de los asesinos en la sala. Uno de los tiradores se colocó detrás de las mujeres y comenzó a dispararles. Simultáneamente, otro de los involucrados disparó a Ricardo, quien bajaba las escaleras, y luego acribilló al señor Daniel y a Daniela.

En la audiencia de vinculación, se explicó que tras el multihomicidio, la familia, encabezada por el enfermero, su esposa y su hijo, se fue a cenar tortas en un negocio cercano, y además encontraron evidencia de que Ricardo recibió siete disparos, Daniela cinco, Rita cuatro, Daniel dos y María tres, que refuerza la teoría de que en el lugar había por lo menos dos personas disparando.

En los antecedentes de la investigación, se determinó que minutos después del crimen, los tres imputados se dirigieron a un local de tortas donde cenaron. Luego, se cambiaron de ropa y se encontraron con un testigo protegido, quien les pagó 2,500 dólares, producto de la venta de una plaza.

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Las cámaras de seguridad registraron el trayecto de los acusados, mostrando que las tres personas acudieron a la casa de la familia Romero Armendáriz en dos ocasiones: una a las 20:33 horas y otra a las 23:30 horas, en la calle Universidad Nayarit 9714, del fraccionamiento Residencial Universidad, el 29 de junio de 2018, día del asesinato.

Parte de esta evidencia no fue aceptada en el proceso penal final del caso, pues los jueces determinaron que no había elementos suficientes para aceptarlos y por lo tanto los dos familiares del enfermero quedaron en libertad.

Algunas de las pruebas que entregó la Fiscalía General del Estado para el juicio oral en contra de Jorge Alberto C. A. fueron desestimadas por parte del Tribunal de Enjuiciamiento, quienes determinaron que no podrían ser tomadas en cuenta y que de lo contrario, deberían ser desestimadas dentro de este proceso penal.

De acuerdo a la Fiscalía General del Estado, al retirar dos pruebas fundamentales, se logró absolver a Lisseth C. S. y Jorge Alberto C. C., quienes el pasado miércoles salieron del Cereso 1 de Aquiles Serdán, tras no existir una responsabilidad jurídica en su contra y a pesar de haber permanecido casi seis años en prisión preventiva por estos hechos.

Durante este juicio oral que se llevó a cabo en contra de Jorge Alberto C. A. su pareja Lisseth y Jorge Alberto, se determinó que Jorge el enfermero, es el penalmente responsable de haber asesinado a cinco integrantes de la familia Romero Armendáriz en el 2018 y a su vez de determinó absolver a los dos restantes.

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Entre las pruebas que se desecharon el procedimiento penal, y que ya habían sido aprobadas en la formulación y vinculación a proceso por la causa penal 1614/2019, fueron algunas como las antenas de localización de los equipos móviles de los tres involucrados, así como algunos videos en los que se da cuenta de la presencia de los mismos.

Durante las investigaciones, se determinó que Jorge Alberto (enfermero) su hijo Jorge Alberto C.C. y su pareja Lisseth, aparecen en diferentes materiales circulando por la vivienda de la familia Romero, en la colonia Ampliación Universitaria y que tras haber dado varias vueltas en el domicilio, se muestra que al menos los dos adultos ingresaron a ese domicilio.

Foto: Archivo OEM

Sin embargo, en las pruebas, el Poder Judicial, decidió que no se acredita la participación de Lisseth y Jorge en el lugar de los hechos, a pesar de haber evidencia de geolocalización de las atenas de sus equipos móviles y videos en los que se muestra su participación cerca del domicilio de las víctimas.

De igual forma entre la información compartida en la audiencia de vinculación a proceso, en el mes de junio de 2019, se relató la forma en que ambos ingresaron al domicilio, se describió la posición que tomaron tanto Jorge como Lisseth y la forma en que dispararon a los cinco integrantes de la familia.

En la evidencia recabada por los agentes de la Fiscalía, se determinó que Rita y María ofrecieron café a sus asesinos, por lo que se dirigieron a la cocina para preparar las tazas. Mientras tanto, Daniel, Ricardo y Daniela se quedaron con otro de los asesinos en la sala. Uno de los tiradores se colocó detrás de las mujeres y comenzó a dispararles. Simultáneamente, otro de los involucrados disparó a Ricardo, quien bajaba las escaleras, y luego acribilló al señor Daniel y a Daniela.

En la audiencia de vinculación, se explicó que tras el multihomicidio, la familia, encabezada por el enfermero, su esposa y su hijo, se fue a cenar tortas en un negocio cercano, y además encontraron evidencia de que Ricardo recibió siete disparos, Daniela cinco, Rita cuatro, Daniel dos y María tres, que refuerza la teoría de que en el lugar había por lo menos dos personas disparando.

En los antecedentes de la investigación, se determinó que minutos después del crimen, los tres imputados se dirigieron a un local de tortas donde cenaron. Luego, se cambiaron de ropa y se encontraron con un testigo protegido, quien les pagó 2,500 dólares, producto de la venta de una plaza.

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Las cámaras de seguridad registraron el trayecto de los acusados, mostrando que las tres personas acudieron a la casa de la familia Romero Armendáriz en dos ocasiones: una a las 20:33 horas y otra a las 23:30 horas, en la calle Universidad Nayarit 9714, del fraccionamiento Residencial Universidad, el 29 de junio de 2018, día del asesinato.

Parte de esta evidencia no fue aceptada en el proceso penal final del caso, pues los jueces determinaron que no había elementos suficientes para aceptarlos y por lo tanto los dos familiares del enfermero quedaron en libertad.

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