La exdirectora administrativa de la Coordinación de Comunicación Social del Gobierno del Estado, Araly Cristina Paulina L.A. llevará su proceso en libertad, luego de ser señalada por el presunto desvío de 9.3 millones de pesos durante la administración encabezada por Javier Corral.
Fue la juez Daniela Torres, quien decidió dictar como medida cautelar, que la imputada se presente a firmar cada 15 días, la prohibición para abandonar la ciudad sin autorización, así como el resguardo domiciliario.
La audiencia de imputación de cargos, la cual duró poco más de 11 horas, concluyó la noche de este miércoles, y se fijaron las medidas cautelares mencionadas.
En la audiencia, la Fiscalía Estatal Anticorrupción presentó una serie de pruebas y testimonios que señalan a Araly L.A. como responsable de favorecer a empresas relacionadas con su hermana, su pareja sentimental y su cuñado, quien también era funcionario estatal.
Dentro de las averiguaciones, los agentes del Ministerio Público, lograron evidenciar que a pesar de que la imputada Araly L.A. no lleva los mismos apellidos que la ciudadana Abril Susana Ruiz, son hermanas, pues ambas tienen en sus actas de nacimiento a la misma madre.
Asimismo, se evidenció que Araly L.A. sostiene una relación sentimental con Efraín Alonso Maldonado, quien a su vez tiene nexos comerciales con la hermana de Araly, es decir, con Abril Susana Ruiz, a quien, según las indagatorias, es pareja sentimental de Antonio Pinedo, ex titular de la Coordinación de Comunicación Social.
Tanto Efraín como Abril, aperecen como apoderados legales, propietarios o socios de las empresas Xtreme Sport, Malcomsat, y Upcon, todas fueron beneficiadas con distintos contratos los cuales suman una cantidad superior a los 9.3 millones de pesos.
En la lectura de los hechos, se explicó también que las tres empresas, a pesar de estar relacionadas comercialmente, participaban en licitaciones, para las cuales manipulaban estudios de mercado e inflaban algunos costos, todo para beneficiar a una u otra empresa, es decir, a las personas mencionadas, lo que dejó ver un conflicto de interés.
Cabe mencionar que el resguardo domiciliario como prisión preventiva, es distinto al arraigo domiciliario, pues en el primero, sí es posible que la persona imputada salga de su casa libremente, es decir, llevará el proceso en libertad pero sin poder abandonar la ciudad sin una autorización de la juez.