/ sábado 3 de agosto de 2024

Exhorta Profeco a prestadores de servicios a realizar calibración de instrumentos de medición

La calibración es obligatoria cada seis meses, pues de no cumplir, se pueden hacer acreedores a multas económicas superiores a los 400 mil pesos

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) exhortó a proveedores y prestadores de servicios a que realicen la calibración de instrumentos de medición que corresponden al segundo semestre del año, toda vez que es obligatoria cada seis meses, pues de no cumplir, se pueden hacer acreedores a multas económicas superiores a los 400 mil pesos.

De acuerdo con la información de Profeco, en todos los establecimientos en comerciales que oferte productos que requieran pesaje, se debe llevar a cabo la calibración, pues de no ser así, se pueden hacer acreedores a una multa.

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A través de un comunicado de prensa, la Procuraduría notificó: "el llamado, es para todo negocio que expenda cualquier producto que se pese, se mida en kilogramos, gramos, litros o en tiempo, como relojes checadores de los estacionamientos".

Foto: Alberto Hierro / El Heraldo de Chihuahua

Además, destacó que debido a que este procedimiento es obligatorio, aquellos comerciantes que no cumplan con esta indicación pueden ser sancionados con multas económicas que van de los 3 mil 200 a los 434 mil pesos.

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Cabe mencionar que el artículo 24 fracción XIV bis, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, señala que "es atribución de Profeco verificar que las pesas, medidas y los instrumentos de medición que se utilicen en transacciones comerciales, industriales o de servicios sean adecuados y, en su caso, realizar el ajuste en términos de lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización".

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Además, de acuerdo con la Ley, una vez que el personal realiza la calibración y emite el "Sello Amarillo", los expendedores evitan multas además de que pueden garantizar a sus clientes, que sus operaciones comerciales están en orden.

Las tortilla de maíz originales tienen un color "crema" | Foto: Isaac Esquivel Monroy / Cuartoscuro.com

La Profeco especificó, que algunos de los establecimientos que deben llevar a cabo el procedimiento de calibración son las tiendas de abarrotes, tortillerías, gasolineras, aerolíneas, mercados, tiendas de autoservicio y la Procuraduría, es la única autoridad que cuenta con atribuciones para emitir sanciones por este motivo.

Quienes estén interesados en este tema, puede enviar un correo electrónico a la dirección calibración.basculasaa@profeco.gob.mx; o bien, a la Línea del Consumidor 55 5568 8722 y 800 468 8722.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) exhortó a proveedores y prestadores de servicios a que realicen la calibración de instrumentos de medición que corresponden al segundo semestre del año, toda vez que es obligatoria cada seis meses, pues de no cumplir, se pueden hacer acreedores a multas económicas superiores a los 400 mil pesos.

De acuerdo con la información de Profeco, en todos los establecimientos en comerciales que oferte productos que requieran pesaje, se debe llevar a cabo la calibración, pues de no ser así, se pueden hacer acreedores a una multa.

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A través de un comunicado de prensa, la Procuraduría notificó: "el llamado, es para todo negocio que expenda cualquier producto que se pese, se mida en kilogramos, gramos, litros o en tiempo, como relojes checadores de los estacionamientos".

Foto: Alberto Hierro / El Heraldo de Chihuahua

Además, destacó que debido a que este procedimiento es obligatorio, aquellos comerciantes que no cumplan con esta indicación pueden ser sancionados con multas económicas que van de los 3 mil 200 a los 434 mil pesos.

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Cabe mencionar que el artículo 24 fracción XIV bis, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, señala que "es atribución de Profeco verificar que las pesas, medidas y los instrumentos de medición que se utilicen en transacciones comerciales, industriales o de servicios sean adecuados y, en su caso, realizar el ajuste en términos de lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización".

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Además, de acuerdo con la Ley, una vez que el personal realiza la calibración y emite el "Sello Amarillo", los expendedores evitan multas además de que pueden garantizar a sus clientes, que sus operaciones comerciales están en orden.

Las tortilla de maíz originales tienen un color "crema" | Foto: Isaac Esquivel Monroy / Cuartoscuro.com

La Profeco especificó, que algunos de los establecimientos que deben llevar a cabo el procedimiento de calibración son las tiendas de abarrotes, tortillerías, gasolineras, aerolíneas, mercados, tiendas de autoservicio y la Procuraduría, es la única autoridad que cuenta con atribuciones para emitir sanciones por este motivo.

Quienes estén interesados en este tema, puede enviar un correo electrónico a la dirección calibración.basculasaa@profeco.gob.mx; o bien, a la Línea del Consumidor 55 5568 8722 y 800 468 8722.

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