/ sábado 20 de julio de 2024

¿Has sido víctima de palabras o señas vulgares? ¡Denuncia! La multa asciende hasta a 4 mil pesos

El jefe de la Unidad de Asesoría de Justicia Cívica y Prevención exhortó a la ciudadanía del municipio a denunciar conductas no apropiadas expresadas en lugares públicos

Ramón Jaime Regalado Morales, jefe de la Unidad de Asesoría de Justicia Cívica y Prevención, exhortó a las mujeres y hombres del Municipio de Chihuahua a denunciar conductas no apropiadas como palabras y señas vulgares que sean expresadas en lugares públicos y que son sancionadas hasta con 4 mil 342 pesos a los agresores.

“Es decir, no nos limitamos al lugar, tiempo y espacio. Es un rango muy amplio, en el que se pueda tipificar este tipo de conducta sin importar sexos, También es muy importante, que tanto un hombre, como una mujer, puede ser víctima del acoso callejero”, afirmó Ramón Regalado Morales.

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La sanción está regulada por la reglamentación municipal, que dice que esta infracción, se puede aplicar una multa desde los 2 mil 171 hasta los 4 mil 342 pesos, es decir de 20 a 40 veces la unidad de medida de actualización (UMA); o el arresto de 12 a 24 horas; o trabajo a favor de la comunidad de seis a 12 horas.

En lo que ha transcurrido del presente año 2024, hasta el corte de la primera decena de julio, se han registrado un total de 25 eventos relacionados con el acoso callejero.

“Definitivamente falta difundir este tipo de falta, que la comunidad sepa que puede llamar al 911 en cualquier momento, si se siente que la acción que les que está llevando en ese momento a cabo, pues encaja en acoso callejero. Llamar a 911 y la policía municipal acudirá y trasladará a la persona probable infractora. Hago la aclaración de probable infractora, porque hasta no haya pasado con el juez y se le haya dictado una sentencia, es probable infractor. Si se cataloga que la conducta fue constitutiva de esta falta, ya cambia su estatus a infractora”, explicó Regalado Morales.

Para comprobar, que una persona fue víctima de acoso callejero, pueden ser varias formas, desde que se pida apoyo a la policía y el o la elemento pueda ver en flagrancia; si hay algún testigo; si hay alguna prueba; todos estos elementos de prueba se pueden presentar en la audiencia pública ante el Juez Cívico. También, si hubiera un video, un audio, o algún testigo.

“Las indicaciones del comisario Julio César Salas González y el alcalde Marco Antonio Bonilla Mendoza, han sido muy claras en que difundamos el reglamento de Justicia Cívica, (antes era el Bando de Policía y Buen Gobierno, que es lo que la Constitución maneja como la reglamentación oficial para el tratamiento de faltas administrativas, haciendo la distinción de lo que es un delito o una falta administrativa. La falta administrativa es aquella conducta que transgreda la sana convivencia entre vecinos, en la comunidad. Eso es lo que a la autoridad municipal le compete conocer sancionar y, en su caso, calificar a través de los juzgados cívicos”, informó el titular de la Unidad de Asesoría de Justicia Cívica y Prevención.

El acoso callejero se entiende, de acuerdo al reglamento de Justicia Cívica, a quien haciendo uso a través de palabras soeces o señas gestos obscenos, insultantes, o indecorosos, alude o piropea a una persona sin importar sexo, edad, preferencias sexuales, etnicidad, condición médica o nivel socioeconómico; en lugares de tránsito público, plazas, transporte público, jardines o en áreas en general de convivencia común, cuyo propósito sea agredir y como consecuencia perturbar el orden público.

“El juez o jueza cívico van a analizar todos los elementos de prueba desde el informe policial homologado del policía, es decir todo el informe que él tiene que llenar por ley. Esa ha sido la manera en que se ha catalogado estos 25 eventos, todos los que se han denunciado, se han validado”, detalló, que de los 25 casos, 20 han sido mujeres y cinco hombres las personas agredidas por acoso callejero.

Ramón Regalado afirmó que entre más se conozcan este tipo de faltas administrativas que existen, que están catalogadas, y que se pueden sancionar, la comunidad empezará a darle más uso. Si bien reconoció que ha faltado darle difusión, actualmente se trabaja en que las y los chihuahuenses conozcan cuáles son las 59 faltas administrativas que hay en el Reglamento Municipal de Chihuahua.

“Hay que dar las herramientas a la comunidad de que se acerquen, de que tengan la confianza en la autoridad municipal, y que si nos marcan a 911 y nos lleven a la persona, se va a actuar en los juzgados cívicos”, exhortó.

El reglamento de Justicia Cívica inició en el año del 2019, como tal se derogó el bando de Policía y Buen Gobierno y se expidió el Reglamento del Sistema de Justicia Cívica en el cual ya está tipificada la falta administrativa. También, hay una Ley Estatal de Justicia Cívica, que se promulgó en diciembre del año pasado y entró en vigor en febrero de este año, 2024.

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Donde también se tipifica como falta administrativa la conducta de acoso callejero, en el caso de que hay una persona que sea agredida de forma verbal y por señas. En caso de que escale a una agresión mayor como tocamientos, por parte de la Policía Municipal, se elaboraría el informe policial homologado, pondría esta conducta como tal; en su caso, el Juez Cívico (como ya no es de su competencia), lo mandaría directamente a Fiscalía General del Estado o en el Ministerio Público para que haya salido el seguimiento como un posible delito.

“Hay casos que se dan el transporte público, es uno de los lugares donde más se presenta este tipo de acoso, en transporte público. En un desglose por mes, en el mes de enero fueron tres eventos, al igual que en febrero; en marzo fueron cuatro, en abril seis, en mayo seis, y en junio tres. En lo que ha transcurrido de julio, no se ha reportado ningún evento. Los lugares son variados, en cualquier lugar público, tampoco hay un horario recurrente, se han presentado a cualquier hora del día y de la noche”, señaló.

Para finalizar, invitó a denunciar situaciones de acoso callejero a través del número de emergencias 911, botones de pánico colocados por la Dirección de Seguridad Pública Municipal, y la aplicación Yo Segura, disponible en sistemas para celular.

Ramón Jaime Regalado Morales, jefe de la Unidad de Asesoría de Justicia Cívica y Prevención, exhortó a las mujeres y hombres del Municipio de Chihuahua a denunciar conductas no apropiadas como palabras y señas vulgares que sean expresadas en lugares públicos y que son sancionadas hasta con 4 mil 342 pesos a los agresores.

“Es decir, no nos limitamos al lugar, tiempo y espacio. Es un rango muy amplio, en el que se pueda tipificar este tipo de conducta sin importar sexos, También es muy importante, que tanto un hombre, como una mujer, puede ser víctima del acoso callejero”, afirmó Ramón Regalado Morales.

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La sanción está regulada por la reglamentación municipal, que dice que esta infracción, se puede aplicar una multa desde los 2 mil 171 hasta los 4 mil 342 pesos, es decir de 20 a 40 veces la unidad de medida de actualización (UMA); o el arresto de 12 a 24 horas; o trabajo a favor de la comunidad de seis a 12 horas.

En lo que ha transcurrido del presente año 2024, hasta el corte de la primera decena de julio, se han registrado un total de 25 eventos relacionados con el acoso callejero.

“Definitivamente falta difundir este tipo de falta, que la comunidad sepa que puede llamar al 911 en cualquier momento, si se siente que la acción que les que está llevando en ese momento a cabo, pues encaja en acoso callejero. Llamar a 911 y la policía municipal acudirá y trasladará a la persona probable infractora. Hago la aclaración de probable infractora, porque hasta no haya pasado con el juez y se le haya dictado una sentencia, es probable infractor. Si se cataloga que la conducta fue constitutiva de esta falta, ya cambia su estatus a infractora”, explicó Regalado Morales.

Para comprobar, que una persona fue víctima de acoso callejero, pueden ser varias formas, desde que se pida apoyo a la policía y el o la elemento pueda ver en flagrancia; si hay algún testigo; si hay alguna prueba; todos estos elementos de prueba se pueden presentar en la audiencia pública ante el Juez Cívico. También, si hubiera un video, un audio, o algún testigo.

“Las indicaciones del comisario Julio César Salas González y el alcalde Marco Antonio Bonilla Mendoza, han sido muy claras en que difundamos el reglamento de Justicia Cívica, (antes era el Bando de Policía y Buen Gobierno, que es lo que la Constitución maneja como la reglamentación oficial para el tratamiento de faltas administrativas, haciendo la distinción de lo que es un delito o una falta administrativa. La falta administrativa es aquella conducta que transgreda la sana convivencia entre vecinos, en la comunidad. Eso es lo que a la autoridad municipal le compete conocer sancionar y, en su caso, calificar a través de los juzgados cívicos”, informó el titular de la Unidad de Asesoría de Justicia Cívica y Prevención.

El acoso callejero se entiende, de acuerdo al reglamento de Justicia Cívica, a quien haciendo uso a través de palabras soeces o señas gestos obscenos, insultantes, o indecorosos, alude o piropea a una persona sin importar sexo, edad, preferencias sexuales, etnicidad, condición médica o nivel socioeconómico; en lugares de tránsito público, plazas, transporte público, jardines o en áreas en general de convivencia común, cuyo propósito sea agredir y como consecuencia perturbar el orden público.

“El juez o jueza cívico van a analizar todos los elementos de prueba desde el informe policial homologado del policía, es decir todo el informe que él tiene que llenar por ley. Esa ha sido la manera en que se ha catalogado estos 25 eventos, todos los que se han denunciado, se han validado”, detalló, que de los 25 casos, 20 han sido mujeres y cinco hombres las personas agredidas por acoso callejero.

Ramón Regalado afirmó que entre más se conozcan este tipo de faltas administrativas que existen, que están catalogadas, y que se pueden sancionar, la comunidad empezará a darle más uso. Si bien reconoció que ha faltado darle difusión, actualmente se trabaja en que las y los chihuahuenses conozcan cuáles son las 59 faltas administrativas que hay en el Reglamento Municipal de Chihuahua.

“Hay que dar las herramientas a la comunidad de que se acerquen, de que tengan la confianza en la autoridad municipal, y que si nos marcan a 911 y nos lleven a la persona, se va a actuar en los juzgados cívicos”, exhortó.

El reglamento de Justicia Cívica inició en el año del 2019, como tal se derogó el bando de Policía y Buen Gobierno y se expidió el Reglamento del Sistema de Justicia Cívica en el cual ya está tipificada la falta administrativa. También, hay una Ley Estatal de Justicia Cívica, que se promulgó en diciembre del año pasado y entró en vigor en febrero de este año, 2024.

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Donde también se tipifica como falta administrativa la conducta de acoso callejero, en el caso de que hay una persona que sea agredida de forma verbal y por señas. En caso de que escale a una agresión mayor como tocamientos, por parte de la Policía Municipal, se elaboraría el informe policial homologado, pondría esta conducta como tal; en su caso, el Juez Cívico (como ya no es de su competencia), lo mandaría directamente a Fiscalía General del Estado o en el Ministerio Público para que haya salido el seguimiento como un posible delito.

“Hay casos que se dan el transporte público, es uno de los lugares donde más se presenta este tipo de acoso, en transporte público. En un desglose por mes, en el mes de enero fueron tres eventos, al igual que en febrero; en marzo fueron cuatro, en abril seis, en mayo seis, y en junio tres. En lo que ha transcurrido de julio, no se ha reportado ningún evento. Los lugares son variados, en cualquier lugar público, tampoco hay un horario recurrente, se han presentado a cualquier hora del día y de la noche”, señaló.

Para finalizar, invitó a denunciar situaciones de acoso callejero a través del número de emergencias 911, botones de pánico colocados por la Dirección de Seguridad Pública Municipal, y la aplicación Yo Segura, disponible en sistemas para celular.

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