El Presidente de la Asociación de Hoteles y Moteles de Chihuahua, Jorge Barud Zubillaga, dijo que son pocos los establecimientos de este giro, en la ciudad, que permitían fumar en las habitaciones; sin embargo, derivado de la Ley General para el Control del Tabaco, están analizando la viabilidad de un amparo o bien cumplir con lo establecido.
Precisó que por medio de la Asociación no contemplan ninguna acción legal, sino que ésta deberá ser en lo particular, por lo que los hoteleros estudian la posibilidad de proceder en este sentido, según refirió.
De acuerdo a lo declarado por Barud Zubillaga, los establecimientos que cuentan con áreas de fumadores en las habitaciones representan el 10 por ciento.
Previamente, desde la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (Canaco Servytur) Chihuahua, se había dado a conocer que aproximadamente 500 establecimientos en la capital pretenden ampararse contra la reforma a la Ley General para el Control del Tabaco.
Omar Armendáriz Jurado indicó que raíz de la política en 2008 los negocios debieron hacer modificaciones para poder cumplir y contar con áreas para fumar; pero consideró que ésta nueva reglamentación resulta muy “agresiva”.
A decir de Armendáriz Jurado, estas prohibiciones en torno al cigarro bajarían las ventas en un 30%; y que la situación se agrava tomando en cuenta que los clientes piensan que son disposiciones propias del negocio.
El presidente de Canaco Chihuahua recordó que las multas alcanzan hasta el medio millón de pesos; sin embargo, todavía no se desprende una orden oficial para comenzar con las revisiones y sanciones.
Fue el pasado 16 de diciembre de 2022, cuando el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que entraría en vigor el 15 de enero.
La Secretaría de Salud Federal estableció que tanto los sitios cerrados, como los lugares al aire libre, con acceso al público, deben ser espacios totalmente libres de humo; de hacerlo, la persona deberá estar alejado del sitio.
De esta manera, se prohíbe fumar en salones de eventos, parques de desarrollo urbano, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios y arenas, Patios, terrazas y balcones de cualquier lugar con acceso al público plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud y clínicas médicas, lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte, transporte público, entre otros.