Interponen cuatro apelaciones ante el TSJ por el proceso penal contra Aras

Dos de las apelaciones fueron interpuestas por la abogada de Aras, quien asegura que la vinculación y sentencia fue ilegal, y las otras dos fueron por parte del abogado de algunos afectados

Ricardo Holguin | El Heraldo de Chihuahua

  · martes 9 de enero de 2024

Foto: Archivo OEM

Un total de cuatro apelaciones son las que se han interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado por el proceso penal que se celebró en contra de la moral Aras Invesment Business Group, por el presunto fraude de más de 900 millones de pesos, en perjuicio de más de 4 mil 300 víctimas en el estado de Chihuahua.

Lo anterior como parte de la sentencia que se dictó en la causa penal 3506/2023, en la que se formuló, vinculó y finalmente se sentenció a la moral, a través de quien se ostentó como representante legal de la empresa Aras, Luis Alberto Benavidez Rojas, lo que generó que dos abogados interpusieran los recursos de apelación por este proceso que consideraron que debe ser anulado.

El primero de ellos fue interpuesto por la Abogada y representante de la empresa Aras Investment Business Group, Erika Jasso Carrasco, quien interpuso dos apelaciones por la vinculación y la personalidad del abogado que se declaró como representante de la empresa a pesar de no contar con este poder.

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“Desde el día 4 de diciembre a Luis Alberto Benavidez Rojas, se le había revocado el poder, el tribunal tenía conocimiento de la revocación en la vinculación a proceso, el no puede asumir, aceptar una responsabilidad y renunciar al derecho a un juicio oral, a nombre de una persona moral, sobre la cual no tiene ninguna representación” compartió la abogada Erika Jasso.

Señaló que, conforme a la ley, se debe dar una nulidad del proceso, porque en la vinculación a proceso de la moral, se había presentado por escrito una copia sobre la revocación de Alberto Benavidez, “se le entregó el documento a la juez, donde consta de la revocación del poder del señor Benavidez, no contaba con las facultades necesarias para continuar en representación de la moral”.

Compartió que fueron dos apelaciones las que se entregaron al Poder Judicial del Estado en su carácter como abogada de la empresa Aras, en la que se inconforma por la vinculación y la sentencia del proceso penal que se celebró el pasado mes de diciembre en una audiencia masiva en la capital.

Erika Jasso, dijo que la apelación es contra la vinculación y sentencia, porque aseguró que todo esta enmarcado en una ilegalidad desde el inicio, ya que consideró que no debía haber iniciado una audiencia si no contaban con la representación correspondiente de la empresa Aras, por lo que de paso, deja sin efecto la vinculación y sentencia de la misma.

Según la abogada que mantiene representación de la empresa Aras Investment Business Group, y quien además defiende al CEO Armando Gutiérrez, el proceso en el cual se pretende pagar a los afectados de la empresa, no tuvo validez, ya que una persona ajena de la empresa es la que tomó representación de la misma y nunca se notificó al consejo directivo o a un representante oficial de la misma.

“Lo presente a inicios de enero, porque pasaron los tiempos procesales, posteriormente vacaciones y días inhábiles, por eso brincó hasta el día 2 de enero”, compartió luego de que anunciara que se han interpuesto dos apelaciones por las decisiones tomadas por el juez de control a finales del año 2023.

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Los otros dos recursos interpuestos por el mismo proceso, fue los que generó el abogado de alguno de los involucrados, Mariano Cordero, quien consideró que el proceso impide la justicia restaurativa, carece de certeza jurídica al considera un proceso imparcial por no garantizar el respeto a los derechos humanos.

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En su apelación que entregó al Poder Judicial del estado, el abogado, refiere que la Juez de Control, ya había sido juez de control en otra causa penal (681/2022), por lo que debía excusarse para salvaguardar el principio de independencia e imparcialidad, pues aseguró que el juicio se celebra ante un juez que no haya conocido del caso previamente, según lo marca la misma constitución.

A su vez, consideró una violación de parte de la juez, al omitir hacer una valoración puntual sobre la personalidad de quien fue citado para recibir imputación, ya que aseguró que Luis Benavides tiene facultades limitadas solo para pleitos y cobranzas y actos de administración planteadas en el Código Civil Federal.

Al momento la sentencia que emitió la juez a finales del 2023, no ha causado efecto, toda vez que las impugnaciones mantienen suspendido que esto se lleve a cabo, ya que no debe haber algún recurso para que finalmente se pueda dar este hecho.