A pesar de que la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua emitió un boletín en el cual daban a conocer la detención del alcalde de San Francisco Del Oro, por uso ilegal de facultades y atribuciones y peculado, la investigación aún no ha sido judicializada.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ), por medio de su departamento de comunicación social, informó que a las 11 horas de este martes 10 de septiembre, aún no contaba con solicitud para que el edil de San Francisco del Oro, Chihuahua, de siglas A.H.L., fuera presentado ante un juez.
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Ante esto, el propio departamento de comunicación social, comentó que legalmente tienen 48 horas para que el presunto responsable sea presentado ante un juez de control, periodo que vence mañana miércoles 11 de septiembre.
En caso de que el presunto sea presentado ante el juzgador conocedor de la causa penal, la audiencia inicial será en el Distrito Judicial Hidalgo, con sede en Hidalgo del Parral.
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Fue el lunes 09 de septiembre, en punto de las 20:00 horas, cuando la Fiscalía Anticorrupción ejecutó una orden de aprehensión en contra del Presidente Municipal de San Francisco del Oro, Chihuahua, de siglas A.H.L. por los delitos de Uso Ilegal de Facultades y Atribuciones y Peculado, con penalidad agravada.
Lo anterior deriva de que el detenido, adquirió deuda pública por la cantidad de 6 millones 50 mil pesos a través de la celebración de siete contratos de crédito, sin sujetarse a los procedimientos legales previstos en la Ley de Deuda Pública del Estado de Chihuahua y la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
El ahora presunto responsable, no obtuvo autorización del Ayuntamiento ni del Congreso del Estado, ni registró la deuda como lo marcan las leyes vigentes ya que la finalidad de esos recursos, en lugar de ser utilizados para proyectos productivos que generen beneficios a largo plazo para la comunidad, presuntamente los habría designado a gastos corrientes
Dentro de los gastos corrientes, están establecidos los servicios personales, materiales, suministros y servicios generales, lo que contraviene directamente la finalidad de una deuda pública, que debería estar orientada a la creación de activos y al bienestar de los habitantes del municipio.