/ domingo 5 de mayo de 2024

Justicia pendiente: Comunidad de Tehuerichi continúa sin actas de defunción a pesar de fallo judicial

Hace un año obtuvieron un amparo para acceder a las actas de defunción de los miembros de la comunidad

Desde el 11 de enero de 2023, la comunidad de Tehuerichi, en el municipio de Carichi espera que se haga efectiva la sentencia de amparo que les permite acceder a actas de defunción de los miembros de la comunidad, a fin de que los derechos de sus familias no se vulneren. Las autoridades tradicionales visitaron el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil y del Trabajo para revisar la situación.

El juzgado federal emitió resolución el día 11 de enero, en la cual ordena a la Dirección del Registro Civil, Secretario General de Gobierno, Presidente Municipal de Carichí y a la Secretaría de Comunidades y Pueblos Indígenas, realizar las gestiones necesarias para expedir las actas de defunción.

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Las dependencias antes mencionadas en lugar de cumplir la resolución, decidieron inconformarse y con ello obstaculizan el ejercicio de derechos básicos de las personas.

Hace unos días, las autoridades tradicionales de la comunidad Rarámuri de Tehuerichi realizaron una visita al Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil y del Trabajo, ya que tienen más de un año en espera de resolución que confirme la sentencia que ordena la expedición de cerca de 80 actas de defunción de miembros de la comunidad.

De acuerdo al Código Civil del Estado de Chihuahua, las autoridades de las comunidades indígenas tienen fe pública en el caso de nacimientos en las comunidades, pero no en el caso de defunciones.

El no contar con la autoridad para ello, les genera un estado de indefensión respecto al ejercicio de sus derechos agrarios, y otros derechos, que obliga a las familias a un sin número de gestiones costosas e infructuosas.

Por la ausencia en las comunidades indígenas de autoridades civiles, médicas y de Ministerios Públicos, autorizadas conforme a la ley para dar fe de las defunciones, se vieron en la necesidad de solicitar un amparo y protección de la justicia desde diciembre de 2020.

La comunidad solicitó el amparo y protección de la justicia para la obtención de las actas de defunción de personas de la comunidad, obteniendo sentencia en primera instancia a su favor.

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La ausencia de políticas públicas que permitan a la población indígena de las comunidades serranas, en donde no hay autoridad civil acceder a este tipo de documentos, violentan permanentemente los derechos de las personas, y es lamentable que aún con sentencias de tribunales federales, las autoridades locales no cumplan con su obligación.

Las autoridades indígenas esperan que en breve pueda resolverse su situación y con ello, poder acceder a los derechos necesarios.

Desde el 11 de enero de 2023, la comunidad de Tehuerichi, en el municipio de Carichi espera que se haga efectiva la sentencia de amparo que les permite acceder a actas de defunción de los miembros de la comunidad, a fin de que los derechos de sus familias no se vulneren. Las autoridades tradicionales visitaron el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil y del Trabajo para revisar la situación.

El juzgado federal emitió resolución el día 11 de enero, en la cual ordena a la Dirección del Registro Civil, Secretario General de Gobierno, Presidente Municipal de Carichí y a la Secretaría de Comunidades y Pueblos Indígenas, realizar las gestiones necesarias para expedir las actas de defunción.

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Las dependencias antes mencionadas en lugar de cumplir la resolución, decidieron inconformarse y con ello obstaculizan el ejercicio de derechos básicos de las personas.

Hace unos días, las autoridades tradicionales de la comunidad Rarámuri de Tehuerichi realizaron una visita al Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil y del Trabajo, ya que tienen más de un año en espera de resolución que confirme la sentencia que ordena la expedición de cerca de 80 actas de defunción de miembros de la comunidad.

De acuerdo al Código Civil del Estado de Chihuahua, las autoridades de las comunidades indígenas tienen fe pública en el caso de nacimientos en las comunidades, pero no en el caso de defunciones.

El no contar con la autoridad para ello, les genera un estado de indefensión respecto al ejercicio de sus derechos agrarios, y otros derechos, que obliga a las familias a un sin número de gestiones costosas e infructuosas.

Por la ausencia en las comunidades indígenas de autoridades civiles, médicas y de Ministerios Públicos, autorizadas conforme a la ley para dar fe de las defunciones, se vieron en la necesidad de solicitar un amparo y protección de la justicia desde diciembre de 2020.

La comunidad solicitó el amparo y protección de la justicia para la obtención de las actas de defunción de personas de la comunidad, obteniendo sentencia en primera instancia a su favor.

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La ausencia de políticas públicas que permitan a la población indígena de las comunidades serranas, en donde no hay autoridad civil acceder a este tipo de documentos, violentan permanentemente los derechos de las personas, y es lamentable que aún con sentencias de tribunales federales, las autoridades locales no cumplan con su obligación.

Las autoridades indígenas esperan que en breve pueda resolverse su situación y con ello, poder acceder a los derechos necesarios.

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