Modifican la Ley de Ingresos 2022 en Urique, Jiménez y Ahumada

En Sesión Ordinaria del Congreso, fueron modificadas las leyes de ingresos del Ejercicio Fiscal 2022

isabel Velazco | El Heraldo de Chihuahua

  · martes 20 de septiembre de 2022

Foto: Oracio Chávez | El Heraldo de Chihuahua

Este 20 de septiembre en la Sesión Ordinaria del Congreso del Estado de Chihuahua fueron modificadas las leyes de ingresos del Ejercicio Fiscal 2022 de los municipios de Urique, Jiménez y Ahumada.

Sobre esto se explicó en el municipio de Urique, se incluyó el monto correspondiente a la contratación de un crédito simple, en el rubro de Ingresos Derivados de Financiamientos, por la cantidad de $30, 626, 999.99 pesos, el cual será destinado para obras y proyectos de beneficio para dicho municipio y sus habitantes.

Asimismo en este Municipio se deberá realizar los ajustes necesarios a su presupuesto de egresos, para prever el monto que permita realizar las erogaciones para el pago del servicio de la deuda.

Por su parte se acordó que la Ley de Ingresos del municipio de Jiménez incluya el rubro de Ingresos Extraordinarios por Empréstitos por la cantidad de $7,384,999.96 pesos (Siete millones trescientos ochenta y cuatro mil novecientos noventa y nueve pesos 96/100 M.N).

Esto pues este no contemplaba de origen el ingreso derivado de dicho financiamiento ya preautorizado; monto que deberá utilizarse para el desarrollo de proyectos de inversión pública productiva.

De la misma manera en el municipio de Ahumada, se le hizo una reforma a dicha ley en lo relativo a la modificación del tabulador de tarifas, en específico un incremento en la cuota fija correspondiente al cobro por Derecho de Alumbrado Público (DAP).

➡️ Recibe las noticias más relevantes de Chihuahua, Juárez y Parral directo a tu correo electrónico. ¡Suscríbete a nuestro Newsletter!

Por lo que los contribuyentes que cuentan con contrato de suministro de energía eléctrica con la CFE, deberán pagar una cuota fija mensual de $85.00 una cuota fija bimestral de $170.00 por el derecho de alumbrado público simultáneamente en el recibo que expida dicho organismo.

Por otro lado, sobre los terrenos baldíos, predios rústicos, urbanos, semiurbanos y/o en desuso que no son usuarios de la CFE, se establece una cuota DAP bimestral de $170.00 que deberá liquidarse al vencimiento del periodo correspondiente a juicio del contribuyente en las oficinas de la Tesorería Municipal o bien en los organismos o empresas autorizadas para tal efecto.