El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) perfila devolver al Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE) el caso de la comunidad LeBarón para que sea esta instancia la que otorgue el reconocimiento, o no, de comunidad autónoma, similar a lo que ocurre con las etnias indígenas.
El proyecto propuesto por el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, establece que los tribunales locales y las salas regionales son competentes para resolver asuntos en los que una comunidad solicita el reconocimiento de sus derechos colectivos a la libre autodeterminación, autonomía y autogobierno, contrario a lo que señalaron el TEE y la Sala Regional Guadalajara, quienes se declararon incapaces de dar un fallo por considerar que la controversia no es de materia electoral.
El proyecto a discutirse en el TEPJF en los próximos días considera que la solicitud de la comunidad LeBarón sí es de naturaleza político-electoral, pues requieren ejercer sus derechos a la autodeterminación, autonomía y autogobierno, razón por la que se proyecta revocar la sentencia del TEE −quien turnó el asunto al Congreso Local− y se ordena que emita una nueva.
En ésta, explicó, se debe atender la petición desde una perspectiva intercultural que permita determinar si a la comunidad LeBarón se le puede dar o no el mismo trato que a una etnia indígena con usos y costumbres propias, además de un autogobierno.
Asimismo, y luego de que el líder activista Adrían Lebarón anunciara en enero que llevaría el caso a instancias internacionales ante el constante rechazo de las autoridades para otorgarles la autodeterminación, el proyecto publicado este jueves criticó el actuar del TEE.
“Para esta Sala Superior, el Tribunal local incumplió con las condiciones delineadas a efectos de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las comunidades indígenas desarrolladas previamente, porque no sólo no resolvió el problema planteado, sino que, al remitirlo a otro órgano estatal que no está facultado para atender dicho planteamiento, obstruyó la posibilidad de que la parte actora obtenga un recurso efectivo que resuelva materialmente su planteamiento”, explica.
Una vez que la controversia sea devuelta al TEE, la sala Superior estima conveniente que los magistrados locales deban obtener información de la comunidad que les permitan conocer sus instituciones y reglas vigentes e identificar si, como aseguran sus representantes, se trata de una comunidad culturalmente distinta del resto de la población del municipio de Galeana.
También, dijo, el Tribunal local deberá solicitar al menos dos peritajes antropológicos a “instituciones especializadas y de prestigio académico”, tales como el Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS), al INAH o al Instituto de Investigaciones Antropológicas de la UNAM. Finalmente realizar visitas a la localidad y auxiliarse de que le ayude a determinar si existe una identidad colectiva.