El Pleno del Tribunal Estatal Electoral declaró improcedente el juicio respecto de la diputada Rosana Díaz, el cual fue resuelto en la 15° Sesión Pública de Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua (TEE).
Lo anterior fue llevado a cabo este jueves 28 de marzo de manera híbrida, donde se abordó el Juicio Electoral JE-047/2024, el cual involucraba la impugnación por parte de un grupo de Diputados pertenecientes a Morena, en relación con el acuerdo emitido por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral (IEE) en el marco del Procedimiento Especial Sancionador IEE-PES-034/2023.
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Los impugnantes alegaron que la Secretaría Ejecutiva del IEE había excedido sus funciones al señalar las conductas atribuidas a ellos.
En respuesta, el Pleno del TEE emitió dos resoluciones fundamentales. En primer lugar, declaró improcedente el juicio respecto a la Diputada Rosana Díaz debido a la falta de firma autógrafa en su medio de impugnación.
En segundo lugar, declaró infundados los agravios planteados por los diputados del Grupo Parlamentario de Morena, quienes impugnaron el acuerdo.
Contrario a lo argumentado por los impugnantes, el TEE estableció que en los procedimientos especiales sancionadores relacionados con presunta violencia política en razón de género, la autoridad encargada debe informar de manera integral los hechos y conductas atribuidas a los presuntos responsables, así como los preceptos y leyes aplicables al caso, permitiendo así que estos ejerzan su derecho de defensa adecuadamente.
En consecuencia, el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua confirmó el acuerdo controvertido, respaldando la actuación de la Secretaría Ejecutiva del IEE y afirmando la necesidad de una información completa y detallada en los procedimientos sancionadores, especialmente en casos relacionados con violencia política de género.