/ sábado 30 de septiembre de 2023

Proponen dar hasta tres años de cárcel por ciberacoso contra las mujeres

Se prevé aumentar en una mitad la pena prevista, cuando el responsable de cometer estos actos violentos sea un servidor público

Ante la necesidad identificada de tipificar las conductas que incitan al odio o la violencia en contra de las mujeres a través de cualquier medio digital y con el objetivo de endurecer las sanciones para quienes realicen estas acciones haciendo uso del anonimato con nombres y perfiles falsos o de programas automatizados (bots), se propuso una reforma al Código Penal del Estado.

De esa manera, la diputada por Morena, América García, propuso que las penas vayan desde los seis meses y hasta los tres años de prisión, así como de veinticinco a cien días de trabajo en favor de la comunidad, y una multa de cincuenta a doscientos días a la persona que directamente o a través de terceros realice los delitos antes mencionados.

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Igualmente, se prevé un aumento en una mitad a la pena prevista cuando resulte responsable de cometer esos actos de violencia digital en contra de las mujeres un servidor público.

García Soto expuso que la violencia digital mediante redes sociales contra las mujeres y niñas representa un obstáculo para garantizar un acceso seguro a las comunicaciones, ya que se pueden generar consecuencias psicológicas, emocionales y sociales en las víctimas limitando el pleno uso, goce y disfrute de sus derechos humanos.

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Por tal motivo, es que la legisladora morenista ve pertinente e indispensable efectuar esta modificación al Código Penal del Estado a fin de que se castigue a toda aquella persona que atente contra la dignidad humana y menoscabe lo derechos de las personas, especialmente los de las mujeres.

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Dentro de la iniciativa especifica que el castigo será implementado a toda aquella persona que incite el odio o la violencia ya se a de manera oral, escrito, impresa, videograbada, o utilizando cualquier otro medio de comunicación físico o electrónico.

Asimismo, a quien cause daño psicológico, sexual o económico y tenga por objeto la restricción, suspensión o impedimento del ejercicio de sus derechos políticos, incluyendo del ejercicio del cargo, o bien, la induzca u obligue por cualquier medio a tomar decisiones en contra de su voluntad.

“La violencia de género en línea o facilitada por las nuevas tecnologías es un acto de discriminación que afecta principalmente a mujeres, adolescentes y niñas, a personas integrantes de la comunidad LGBTIQ+ y a cuerpos o identidades que no cumplen con los estereotipos de género basados en directrices heteronormativas”, comentó la congresista en su exposición de motivos.

Ante la necesidad identificada de tipificar las conductas que incitan al odio o la violencia en contra de las mujeres a través de cualquier medio digital y con el objetivo de endurecer las sanciones para quienes realicen estas acciones haciendo uso del anonimato con nombres y perfiles falsos o de programas automatizados (bots), se propuso una reforma al Código Penal del Estado.

De esa manera, la diputada por Morena, América García, propuso que las penas vayan desde los seis meses y hasta los tres años de prisión, así como de veinticinco a cien días de trabajo en favor de la comunidad, y una multa de cincuenta a doscientos días a la persona que directamente o a través de terceros realice los delitos antes mencionados.

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Igualmente, se prevé un aumento en una mitad a la pena prevista cuando resulte responsable de cometer esos actos de violencia digital en contra de las mujeres un servidor público.

García Soto expuso que la violencia digital mediante redes sociales contra las mujeres y niñas representa un obstáculo para garantizar un acceso seguro a las comunicaciones, ya que se pueden generar consecuencias psicológicas, emocionales y sociales en las víctimas limitando el pleno uso, goce y disfrute de sus derechos humanos.

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Por tal motivo, es que la legisladora morenista ve pertinente e indispensable efectuar esta modificación al Código Penal del Estado a fin de que se castigue a toda aquella persona que atente contra la dignidad humana y menoscabe lo derechos de las personas, especialmente los de las mujeres.

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Dentro de la iniciativa especifica que el castigo será implementado a toda aquella persona que incite el odio o la violencia ya se a de manera oral, escrito, impresa, videograbada, o utilizando cualquier otro medio de comunicación físico o electrónico.

Asimismo, a quien cause daño psicológico, sexual o económico y tenga por objeto la restricción, suspensión o impedimento del ejercicio de sus derechos políticos, incluyendo del ejercicio del cargo, o bien, la induzca u obligue por cualquier medio a tomar decisiones en contra de su voluntad.

“La violencia de género en línea o facilitada por las nuevas tecnologías es un acto de discriminación que afecta principalmente a mujeres, adolescentes y niñas, a personas integrantes de la comunidad LGBTIQ+ y a cuerpos o identidades que no cumplen con los estereotipos de género basados en directrices heteronormativas”, comentó la congresista en su exposición de motivos.

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