El diputado de Morena Gustavo De la Rosa Hickerson presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado, a fin de agregar sanciones directas por discriminación en contra de las personas con discapacidad, en el contexto de omisiones de las autoridades por “ajustes razonables”.
El legislador explicó que la discriminación en contra de las personas con alguna discapacidad, debe ser sancionada, no solo en los aspectos de la discriminación directa o indirecta, actualmente establecida en la ley, sino de visibilizar la discriminación por ajustes razonables.
Expuso que este tipo de discriminación, se entiende dentro de las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, en los diseños universales de los ajustes razonables.
“Por “diseño universal” se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El “diseño universal” no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten”.
Agregó que aunque la Ley para la Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad y la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación, tienen como alcance no sólo una prohibición a discriminar, sino la implementación de una serie de ajustes razonables, también es que todas las autoridades en el ámbito de su competencia deben adoptar como directrices en la implementación, interpretación y ejecución de sus actividades y políticas públicas, los presupuestos del denominado modelo social de discapacidad.
En este sentido, la iniciativa propone hasta tres años de prisión o de veinticinco a cien días de trabajo en favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días a quien realice actos de discriminación, así como a los servidores públicos, niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho, o no realice los ajustes razonables, proporcionales y objetivos, se le podrá imponer suspensión, destitución o inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la sanción impuesta.