La diputada Leticia Ortega, solicitó al Congreso del Estado, que se incluya en el Código Penal del Estado de Chihuahua, penas de dos a cinco años de cárcel, así como sanciones económicas, a quienes practican las llamadas Terapias de Conversión, o Terapias Reparativas, las cuales van encaminadas a corregir las conductas homosexuales.
La morenista explicó que a esas terapias también se le conocen como los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG) las cuales han ganado popularidad en los grupos conservadores, como resultado de los crecientes logros en materia de derechos de la diversidad sexual en México desde mediados de la década pasada.
Agregó que diversas organizaciones de la sociedad civil encargadas de la defensa y promoción de los derechos humanos de la población LGBTTTI en México, han denunciado un aumento de casos de personas que han sido sometidas a lo que se ha llamado ECOSIG.
“Sus promotores afirman que estas terapias pueden transformar a las personas gays, lesbianas o bisexuales en heterosexuales, y a las personas trans o de género diverso a cisgénero, es decir, se basan en la creencia de que la orientación sexual y la identidad de género de las personas deben cambiarse o reprimirse cuando no se ajustan a lo que otros actores consideran la norma deseable”, dijo Ortega Máynez.
Subrayó que los intentos de patologizar las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero o de género diverso, tienen consecuencias profundas en su integridad y bienestar físicos y psicológicos, asimismo las prácticas destinadas a lograr la conversión son inherentemente humillantes, denigrantes y discriminatorias y los efectos que tienen la sensación de impotencia y la humillación extrema generan profundos sentimientos de vergüenza, culpabilidad, autoaversión e inutilidad, que pueden menoscabar el autoconcepto y provocar cambios negativos permanentes en la personalidad.
La iniciativa presentada establece que a quien, por medio de la coacción, amenaza o engaño, imparta, obligue, financie, aplique, cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica, con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, se le impondrán de dos a cinco años de prisión y de cien a mil días de multa.