El Periódico Oficial del Estado publicó el decreto que modifica la Ley de Cubrebocas en el Estado de Chihuahua donde establecen el uso obligatorio del mismo para personas con sintomatología aguda respiratoria y la recomendación para algunos entornos y grupos de riesgo.
La modificación de le Ley que regula el uso de cubrebocas fue emitida por el Congreso del Estado, tras la determinación del Consejo Estatal de Salud, de eliminarse la obligatoriedad.
Los elementos para dictaminar lo anterior, fueron evaluados por el Consejo Estatal de Salud en el que se tuvo participación de los distintos sectores que lo integran.
Entre dichos indicadores de evaluó una disminución de contagios, muertes y hospitalizaciones por Covid-19, en los últimos tres meses, por lo que a efecto de modificar la Ley, fue tornado al Congreso del Estado y finalmente fue publicado este 2 de noviembre.
Dicho decreto establece que el cubrebocas es obligatorio en los siguientes casos:
Para personas con sintomatología respiratoria aguda, en todos los entornos.
También se recomienda para personas que pertenezcan a algún grupo vulnerable (adultos mayores de 60 años, mujeres embarazadas etc).
Para personas que no hayan completado el esquema de vacunación contra el Covid-19 o quienes hayan decidido no vacunarse.
También se recomienda en espacios cerrados y mal ventilados y espacios cerrados y/o abiertos en los que no sea posible mantener sana distancia.
De igual forma en unidades médicas y/o establecimientos "que atendiendo a la naturaleza de los servicios que presta, sea necesario su uso para evitar posible riesgo de contagios.”