/ jueves 11 de julio de 2024

Reconoce Congreso al acoso y el hostigamiento como violencia laboral en el Estado

La reforma se presentó como una respuesta a los altos índices violencia en los espacios de trabajo

En el Congreso del Estado se validó reformar diferentes disposiciones las cuales dieron paso a que tanto el acoso como el hostigamiento sean reconocidas como violencia laboral en el Estado, hecho que festejó la diputada promovente, Ivón Salazar Morales.

Fue por unanimidad de votos como se aprobó la modificación a la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Administrativo del Estado, a fin de actualizar el concepto de violencia laboral y adicionar los conceptos de acoso y hostigamiento laboral, así como malos tratos.

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Con estas modificaciones a los ordenamientos estatales se estableció que el acoso es la forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivo intimidar, excluir, opacar, aplanar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico y laboral-profesional y el hostigamiento como el ejercicio de poder en una relación de subordinación real de la víctima frente a la persona agresora en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.

Esta iniciativa fue presentada ante el Pleno en julio de 2023 por la representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI), como una respuesta a los altos índices violencia en los espacios de trabajo.

De esa forma, se quiso armonizar las normativas estatales con los estándares internacionales y nacionales más amplios en materia de derechos laborales y de género como lo son la NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención; la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres, ambas del Estado de Chihuahua.

La iniciadora explicó que el acoso y el hostigamiento laboral (también conocido como mobbing) son prácticas que afectan la vida de las personas trabajadoras, orillándolas algunas veces a sufrir fuertes depresiones, a renunciar o incluso al suicidio, por lo que surgió la obligación de legislar en materia de violencia laboral.

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Con la aprobación que se dio al dictamen emitido por la Comisión de Igualdad, se garantiza la protección a las personas trabajadoras, principalmente a las mujeres, a fin de que puedan ejercer una vida libre de violencia y se puedan desenvolver plenamente en su área laboral.

La legisladora agradeció el respaldo de sus compañeros y externó que estará atenta a la publicación del decreto en el Periódico Oficial del Estado para poder darle seguimiento a su aplicación.

En el Congreso del Estado se validó reformar diferentes disposiciones las cuales dieron paso a que tanto el acoso como el hostigamiento sean reconocidas como violencia laboral en el Estado, hecho que festejó la diputada promovente, Ivón Salazar Morales.

Fue por unanimidad de votos como se aprobó la modificación a la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Administrativo del Estado, a fin de actualizar el concepto de violencia laboral y adicionar los conceptos de acoso y hostigamiento laboral, así como malos tratos.

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Con estas modificaciones a los ordenamientos estatales se estableció que el acoso es la forma de violencia que se presenta en una serie de eventos que tienen como objetivo intimidar, excluir, opacar, aplanar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico y laboral-profesional y el hostigamiento como el ejercicio de poder en una relación de subordinación real de la víctima frente a la persona agresora en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.

Esta iniciativa fue presentada ante el Pleno en julio de 2023 por la representante del Partido Revolucionario Institucional (PRI), como una respuesta a los altos índices violencia en los espacios de trabajo.

De esa forma, se quiso armonizar las normativas estatales con los estándares internacionales y nacionales más amplios en materia de derechos laborales y de género como lo son la NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención; la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres, ambas del Estado de Chihuahua.

La iniciadora explicó que el acoso y el hostigamiento laboral (también conocido como mobbing) son prácticas que afectan la vida de las personas trabajadoras, orillándolas algunas veces a sufrir fuertes depresiones, a renunciar o incluso al suicidio, por lo que surgió la obligación de legislar en materia de violencia laboral.

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Con la aprobación que se dio al dictamen emitido por la Comisión de Igualdad, se garantiza la protección a las personas trabajadoras, principalmente a las mujeres, a fin de que puedan ejercer una vida libre de violencia y se puedan desenvolver plenamente en su área laboral.

La legisladora agradeció el respaldo de sus compañeros y externó que estará atenta a la publicación del decreto en el Periódico Oficial del Estado para poder darle seguimiento a su aplicación.

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