Reducen la NOM 60% la cantidad de arsénico permitido en agua potable

Con esta nueva actualización, para el siguiente año 2023, el límite permisible de Arsénico será de 0.01 Mg

Redacción | El Heraldo de Chihuahua

  · viernes 13 de mayo de 2022

Agua contaminada / Foto: Cortesía | ISSEA

El agua potable para uso y consumo humano en Chihuahua, deberá contener 0.01 Mg/L para el 28 de abril del 2023, según lo indica la Actualización de la NOM-127-SSA1-2021, es decir, es una reducción del 60% según los límites permitidos actualmente.

Lo anterior, luego de que la Asociación Nacional de Entidades de Agua y Saneamiento de México A.C. (ANEAS), emitiera un documento titulado Análisis Comparativo de la Actualización de la NOM-127-SSA1-2021, en el que se determinan los nuevos parámetros y especificaciones para el agua de uso y consumo humano.

En primer lugar, el documento indica que se actualizó la Norma desde la definición del agua para uso y consumo humano, que es: “toda aquella que no causa efectos nocivos a la salud y que no presenta propiedades objetables o contaminantes en concentraciones fuera de los límites permisibles y que no proviene de aguas residuales tratadas”, habiendo añadido la última frase en cursivas, limitando el uso de agua tratada para estos fines.

Indica que la NOM-127-SSA1-2021, separa las especificaciones sanitarias en: físicas, químicas, metales y metaloides, microbiológicas, fitotoxinas, radiactividad, residuales de la desinfección, subproductos de la desinfección y compuestos orgánicos sintéticos y señala las actualizaciones que se hacen en cada una.

En el caso de los metales y metaloides, se encuentran el Arsénico, el cual tenía un límite permisible marcado en 1994, de 0.05 Mg/L, mientras que para la norma del 2021 se reduce a 0.025 Mg/L, es decir, la mitad de lo permitido hace 27 años.

Sin embargo, con esta nueva actualización, para el siguiente año 2023, el límite permisible de Arsénico será de 0.01 Mg/L en Chihuahua y Ciudad Juárez, (se da el plazo de 1 año de cumplimiento para poblaciones mayores a 500 mil habitantes), mientras que poblaciones entre 50 mil y 499 mil tendrán 3 años para cumplir con la norma y finalmente, las poblaciones menores de 50 mil habitantes, tendrán un lapso de 6 años de cumplimiento.

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