/ lunes 10 de junio de 2024

Responde Salvemos Los Cerros a Marco Bonilla sobre urbanización del Cerro del Caballo

Luis Andrés Rivera Levario ejerce su derecho de réplica y expone: "lamentamos las declaraciones del candidato electo, las leyes ambientales son claras y protegen nuestro entorno natural"

El coordinador del colectivo Salvemos los Cerros de Chihuahua, Luis Andrés Rivera Levario, ejerció su derecho de réplica por alusión al alcalde con licencia Marco Antonio Bonilla Mendoza, quien se pronunció en el tema de urbanización del área conocida como Cerro del Caballo, sobre el que las leyes ambientales están por encima de la propiedad privada.

"Lamentamos profundamente las declaraciones del candidato electo, justo el día en que enviamos una carta abierta para colaborar con la administración pública municipal, sobre todo porque son palabras que demuestran un desconocimiento de las leyes que rigen la protección al medio ambiente, como demostramos a continuación:

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1. Dice el candidato electo que las leyes son claras, pues veamos fragmentos de la ley de equilibrio ecológico y protección al ambiente del estado de Chihuahua, que establece responsabilidad municipal para el establecimiento de ciertas categorías de área natural protegida, en su artículo 100:

I. Parques Estatales.

II. Reservas Ecológicas Estatales.

III. Monumentos Naturales.

IV. Áreas de Protección Hidrológica.

V. Zonas de Conservación y Preservación Ecológica de los Centros de Población.

VI. Paisajes Protegidos.

VII. Parques Urbanos.

VIII. Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación.

IX. Las que se determinen en los acuerdos con la Federación, la Ley General y otras disposiciones aplicables.

Para efectos de lo establecido en el presente artículo, son de competencia estatal las áreas comprendidas en las fracciones I, II, III y IV; y de competencia municipal las referidas en las fracciones V, VI y VII. El Ejecutivo del Estado podrá establecer Parques Estatales, Reservas Ecológicas Estatales, Monumentos Naturales y Áreas de Protección Hidrológica en áreas relevantes a nivel Estatal, siempre y cuando reúnan las características señaladas en la presente Ley; los cuales no podrán establecerse en zonas previamente declaradas como áreas naturales protegidas competencia de la Federación, salvo que se trate de las previstas en la Ley General", citó.

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En el punto 2, dijo que a pesar de que queda claro que el municipio es competente para establecer parques urbanos, paisajes protegidos y otras categorías de área natural protegida, todavía en el artículo 114 queda más claro, ya que piensa el candidato electo que el H. Congreso puede hacer el trabajo que le toca al municipio:

Artículo 114. Las áreas naturales protegidas señaladas en las fracciones I, II, III y IV del artículo 100, "se establecerán mediante declaratoria que expida el Ejecutivo Estatal o mediante decreto que emita el Congreso del Estado, con la participación de los gobiernos municipales que correspondan, de conformidad con esta Ley y los demás ordenamientos jurídicos aplicables. Los gobiernos municipales podrán elevar iniciativas al órgano legislativo y propuestas al Ejecutivo, para el establecimiento de áreas naturales protegidas que se ubiquen dentro de su circunscripción territorial".

"Con esto queda claro que el Congreso no puede hacer la chamba que le toca al municipio, por lo que se revela como información falsa o contradictoria los dichos del candidato electo al respecto de que Salvemos los Cerros debemos ir con diputados federales, un total sin sentido", manifestó Luis Rivera.

Foto: Facebook @Salvemos los cerros de Chihuahua


En el tercer apartado, el representante de SLC, mencionó que es todavía más preocupante el hecho de que el candidato electo pretenda ignorar del todo la ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente, que está por encima de la ley estatal y de los reglamentos municipales y que establece que solamente la SEMARNAT puede autorizar cambios de uso de suelo en zona forestal árida, cuando el municipio ha reconocido que nunca ha participado con la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), en la zonificación forestal del país, pues la zona forestal árida abarca el sitio que según el candidato electo fue modificado en su uso de suelo hace tres administraciones, pero no fue modificado por SEMARNAT y todavía aparece como vigente el suelo forestal.

"Es este un delito federal, el cambio ilegal de uso de suelo. Estaría bien que dijera el candidato quién fue responsable de estos delitos. El candidato electo no se preocupa por la legalidad ni por el estado de derecho, que no conoce o que ignora deliberadamente, sino que se preocupa por la "propiedad privada" de las ganancias de negocios que hacen particulares, otro sin sentido más, pues en lugar de negociar con los dueños de los cerros la inclusión de los picos de la luna, el cañón del marro, el cerro grande y el cerro coronel como áreas naturales protegidas en el plan de desarrollo urbano, se logró que los propietarios perdieran derecho a indemnización según el artículo 82 de la ley de asentamientos humanos (...) del estado de Chihuahua "La planeación del desarrollo urbano no confiere a las personas propietarias o poseedoras de áreas y predios derecho alguno a exigir indemnización", expresó.

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Por último, Luis Andrés Rivera Levario, dijo que es vergonzoso que después de enviar un mensaje a la presidente electa, la doctora Claudia Sheinbaum, Marco Bonilla ose a utilizar el recurso de decir que en Salvemos Los Cerros hay infiltrados de Morena.

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"Una declaración lamentable pues él mismo ha señalado que llegó la hora de trabajar y dejar de lado las elecciones, contradiciendo sus propias palabras. Para su mayor información en nuestro movimiento hay gente que simpatiza con todos los partidos y gente que no simpatiza con ninguno, y sabemos que el apoyar a una fuerza política no es un delito ni demerita el exigir los derechos humanos fundamentales, como lo es el derecho de acceso a un medio ambiente sano, el cuál está por encima del derecho de una minoría de hacer negocios. En resumen: Los municipios pueden establecer áreas naturales protegidas de carácter municipal, aunque el candidato diga lo contrario, la ley es clara.

En la zona del Cerro del Caballo el uso de suelo vigente es forestal de zona árida y solo la SEMARNAT puede modificarlo, cambiar el uso de suelo de forma ilegal es un delito federal y el candidato electo debe de señalar si conoce a los responsables. No es el Congreso el responsable de atender las áreas naturales protegidas municipales y las que ha delimitado el municipio a través del plan de desarrollo urbano se basan en la ley de asentamientos humanos, lo que niega el derecho de los propietarios a exigir indemnización. No tiene nada de malo simpatizar con un partido político y apoyar la protección al medio ambiente, en SLC hay gente que simpatiza con el PAN incluso, aunque cada vez menos", finalizó.

El coordinador del colectivo Salvemos los Cerros de Chihuahua, Luis Andrés Rivera Levario, ejerció su derecho de réplica por alusión al alcalde con licencia Marco Antonio Bonilla Mendoza, quien se pronunció en el tema de urbanización del área conocida como Cerro del Caballo, sobre el que las leyes ambientales están por encima de la propiedad privada.

"Lamentamos profundamente las declaraciones del candidato electo, justo el día en que enviamos una carta abierta para colaborar con la administración pública municipal, sobre todo porque son palabras que demuestran un desconocimiento de las leyes que rigen la protección al medio ambiente, como demostramos a continuación:

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1. Dice el candidato electo que las leyes son claras, pues veamos fragmentos de la ley de equilibrio ecológico y protección al ambiente del estado de Chihuahua, que establece responsabilidad municipal para el establecimiento de ciertas categorías de área natural protegida, en su artículo 100:

I. Parques Estatales.

II. Reservas Ecológicas Estatales.

III. Monumentos Naturales.

IV. Áreas de Protección Hidrológica.

V. Zonas de Conservación y Preservación Ecológica de los Centros de Población.

VI. Paisajes Protegidos.

VII. Parques Urbanos.

VIII. Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación.

IX. Las que se determinen en los acuerdos con la Federación, la Ley General y otras disposiciones aplicables.

Para efectos de lo establecido en el presente artículo, son de competencia estatal las áreas comprendidas en las fracciones I, II, III y IV; y de competencia municipal las referidas en las fracciones V, VI y VII. El Ejecutivo del Estado podrá establecer Parques Estatales, Reservas Ecológicas Estatales, Monumentos Naturales y Áreas de Protección Hidrológica en áreas relevantes a nivel Estatal, siempre y cuando reúnan las características señaladas en la presente Ley; los cuales no podrán establecerse en zonas previamente declaradas como áreas naturales protegidas competencia de la Federación, salvo que se trate de las previstas en la Ley General", citó.

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En el punto 2, dijo que a pesar de que queda claro que el municipio es competente para establecer parques urbanos, paisajes protegidos y otras categorías de área natural protegida, todavía en el artículo 114 queda más claro, ya que piensa el candidato electo que el H. Congreso puede hacer el trabajo que le toca al municipio:

Artículo 114. Las áreas naturales protegidas señaladas en las fracciones I, II, III y IV del artículo 100, "se establecerán mediante declaratoria que expida el Ejecutivo Estatal o mediante decreto que emita el Congreso del Estado, con la participación de los gobiernos municipales que correspondan, de conformidad con esta Ley y los demás ordenamientos jurídicos aplicables. Los gobiernos municipales podrán elevar iniciativas al órgano legislativo y propuestas al Ejecutivo, para el establecimiento de áreas naturales protegidas que se ubiquen dentro de su circunscripción territorial".

"Con esto queda claro que el Congreso no puede hacer la chamba que le toca al municipio, por lo que se revela como información falsa o contradictoria los dichos del candidato electo al respecto de que Salvemos los Cerros debemos ir con diputados federales, un total sin sentido", manifestó Luis Rivera.

Foto: Facebook @Salvemos los cerros de Chihuahua


En el tercer apartado, el representante de SLC, mencionó que es todavía más preocupante el hecho de que el candidato electo pretenda ignorar del todo la ley general de equilibrio ecológico y protección al ambiente, que está por encima de la ley estatal y de los reglamentos municipales y que establece que solamente la SEMARNAT puede autorizar cambios de uso de suelo en zona forestal árida, cuando el municipio ha reconocido que nunca ha participado con la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), en la zonificación forestal del país, pues la zona forestal árida abarca el sitio que según el candidato electo fue modificado en su uso de suelo hace tres administraciones, pero no fue modificado por SEMARNAT y todavía aparece como vigente el suelo forestal.

"Es este un delito federal, el cambio ilegal de uso de suelo. Estaría bien que dijera el candidato quién fue responsable de estos delitos. El candidato electo no se preocupa por la legalidad ni por el estado de derecho, que no conoce o que ignora deliberadamente, sino que se preocupa por la "propiedad privada" de las ganancias de negocios que hacen particulares, otro sin sentido más, pues en lugar de negociar con los dueños de los cerros la inclusión de los picos de la luna, el cañón del marro, el cerro grande y el cerro coronel como áreas naturales protegidas en el plan de desarrollo urbano, se logró que los propietarios perdieran derecho a indemnización según el artículo 82 de la ley de asentamientos humanos (...) del estado de Chihuahua "La planeación del desarrollo urbano no confiere a las personas propietarias o poseedoras de áreas y predios derecho alguno a exigir indemnización", expresó.

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Por último, Luis Andrés Rivera Levario, dijo que es vergonzoso que después de enviar un mensaje a la presidente electa, la doctora Claudia Sheinbaum, Marco Bonilla ose a utilizar el recurso de decir que en Salvemos Los Cerros hay infiltrados de Morena.

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"Una declaración lamentable pues él mismo ha señalado que llegó la hora de trabajar y dejar de lado las elecciones, contradiciendo sus propias palabras. Para su mayor información en nuestro movimiento hay gente que simpatiza con todos los partidos y gente que no simpatiza con ninguno, y sabemos que el apoyar a una fuerza política no es un delito ni demerita el exigir los derechos humanos fundamentales, como lo es el derecho de acceso a un medio ambiente sano, el cuál está por encima del derecho de una minoría de hacer negocios. En resumen: Los municipios pueden establecer áreas naturales protegidas de carácter municipal, aunque el candidato diga lo contrario, la ley es clara.

En la zona del Cerro del Caballo el uso de suelo vigente es forestal de zona árida y solo la SEMARNAT puede modificarlo, cambiar el uso de suelo de forma ilegal es un delito federal y el candidato electo debe de señalar si conoce a los responsables. No es el Congreso el responsable de atender las áreas naturales protegidas municipales y las que ha delimitado el municipio a través del plan de desarrollo urbano se basan en la ley de asentamientos humanos, lo que niega el derecho de los propietarios a exigir indemnización. No tiene nada de malo simpatizar con un partido político y apoyar la protección al medio ambiente, en SLC hay gente que simpatiza con el PAN incluso, aunque cada vez menos", finalizó.

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