/ sábado 30 de noviembre de 2024

Revoca TEE registro de candidatura por Morena-PT a alcalde de Ocampo

Ambas revocaciones se realizaron a partir de un incumplimiento de paridad de género, al confirmar que la primera fórmula de dicha planilla está conformada por hombres y no por mujeres

El Tribunal Estatal Electoral (TEE) revocó el registro de la fórmula relativa al cargo de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Ocampo, postulada por la candidatura común integrada por los partidos Morena y del Trabajo (PT), al incumplir con el principio de paridad de género.

En el proyecto revisado por los magistrados, se determinó que los argumentos presentados por la parte quejosa eran válidos y suficientes para anular la decisión impugnada. Esto se debe a que se comprobó que se aplicó de manera incorrecta el principio de paridad de género, ya que la primera fórmula de esa planilla está integrada por hombres.

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Con respecto a las impugnaciones contra la aprobación de la candidatura de la coalición “Juntos por el Bien de Chihuahua” para la misma alcaldía, en la que se registró a Marco Méndez Banda, quien se autoadscribe como mujer, se propuso por mayoría de votos mantener la decisión impugnada.

Sin embargo, la magistrada presidenta, Roxana García Moreno, votó en contra y emitió un voto particular. Manifestó que es la primera vez en Chihuahua que se ha tenido un asunto de tal naturaleza, catalogándolo como un fraude a fin de incumplir con el principio constitucional de paridad de género, ya que la Sala Superior del TEPJF ha manifestado que los grupos de atención prioritaria no pueden desplazar a las mujeres en el 50% que les corresponde.

“Vienen presentando una candidatura de nombre Marco Méndez Banda que afirma ser mujer trans, para ocupar el espacio de mujeres. El Instituto Estatal Electoral lo inscribió, por ello los mismos colectivos de mujeres trans, esto también es importante porque son los colectivos de mujeres trans quienes vienen a interponer a este Tribunal juicios ciudadanos alegando que es una candidatura simulada porque no representa a la comunidad por no ser parte de esta comunidad de mujeres trans”, aseveró la magistrada presidenta del TEE.

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Por otra parte, se resolvió igualmente un Procedimiento Especial Sancionador, en el cual se declaró la existencia de la infracción de violencia política contra las mujeres en razón de género cometida por Mario Alberto Saldaña Rodríguez, Delegado Regional del Programa Federal Bienestar, así como Janeth Contreras Bañuelas, empleada de la Secretaría del Bienestar, con motivo de que una exsíndica del Ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes denunció a diversas personas. Debido a que del análisis de la demanda se advierten acciones realizadas con la intención de violar a la denunciante con motivo de su género, se ordenó la inscripción de los denunciados en las listas nacional y local, de personas infractoras en materia de violencia política en razón de género..

El Tribunal Estatal Electoral (TEE) revocó el registro de la fórmula relativa al cargo de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Ocampo, postulada por la candidatura común integrada por los partidos Morena y del Trabajo (PT), al incumplir con el principio de paridad de género.

En el proyecto revisado por los magistrados, se determinó que los argumentos presentados por la parte quejosa eran válidos y suficientes para anular la decisión impugnada. Esto se debe a que se comprobó que se aplicó de manera incorrecta el principio de paridad de género, ya que la primera fórmula de esa planilla está integrada por hombres.

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Con respecto a las impugnaciones contra la aprobación de la candidatura de la coalición “Juntos por el Bien de Chihuahua” para la misma alcaldía, en la que se registró a Marco Méndez Banda, quien se autoadscribe como mujer, se propuso por mayoría de votos mantener la decisión impugnada.

Sin embargo, la magistrada presidenta, Roxana García Moreno, votó en contra y emitió un voto particular. Manifestó que es la primera vez en Chihuahua que se ha tenido un asunto de tal naturaleza, catalogándolo como un fraude a fin de incumplir con el principio constitucional de paridad de género, ya que la Sala Superior del TEPJF ha manifestado que los grupos de atención prioritaria no pueden desplazar a las mujeres en el 50% que les corresponde.

“Vienen presentando una candidatura de nombre Marco Méndez Banda que afirma ser mujer trans, para ocupar el espacio de mujeres. El Instituto Estatal Electoral lo inscribió, por ello los mismos colectivos de mujeres trans, esto también es importante porque son los colectivos de mujeres trans quienes vienen a interponer a este Tribunal juicios ciudadanos alegando que es una candidatura simulada porque no representa a la comunidad por no ser parte de esta comunidad de mujeres trans”, aseveró la magistrada presidenta del TEE.

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Por otra parte, se resolvió igualmente un Procedimiento Especial Sancionador, en el cual se declaró la existencia de la infracción de violencia política contra las mujeres en razón de género cometida por Mario Alberto Saldaña Rodríguez, Delegado Regional del Programa Federal Bienestar, así como Janeth Contreras Bañuelas, empleada de la Secretaría del Bienestar, con motivo de que una exsíndica del Ayuntamiento de Nuevo Casas Grandes denunció a diversas personas. Debido a que del análisis de la demanda se advierten acciones realizadas con la intención de violar a la denunciante con motivo de su género, se ordenó la inscripción de los denunciados en las listas nacional y local, de personas infractoras en materia de violencia política en razón de género..

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